La Unicameral sesionó por última vez en el histórico recinto del Palacio Legislativo

Córdoba (20/11/19). La próxima semana el pleno legislativo sesionará en el nuevo edificio de la Legislatura cordobesa ubicado en el mismo predio que ocupa el Centro Cívico del Bicentenario, sede del Poder Ejecutivo.

La sesión de este miércoles empezó con el izamiento de la bandera nacional por parte de los presidentes de todos los bloques que conforman la actual Legislatura, en lo fue el último plenario en el edificio histórico de las calles Deán Funes y Rivera Indarte.

Luego los legisladores oficialistas y opositores aprobaron la declaración que expresa su profunda emoción por ser la última sesión en el centenario recinto del Palacio Legislativo en el centro de la ciudad.

El texto completo aprobado por todo el cuerpo parlamentario sostiene que:

«La Legislatura de Córdoba expresa su profunda emoción al celebrar en el día de la fecha su última sesión en el recinto histórico del Palacio Legislativo de la esquina de calles Deán Funes y Rivera Indarte, el que durante más de un siglo, obviando acaso los intervalos de dictaduras e intervenciones, fue testigo y sede de debates memorables, de sanción de leyes que signaron la vida de los cordobeses, de los más importantes actos de juras y asunción de gobiernos democráticos y de todo aquello por lo que en las paredes de este hemiciclo resuena y resonará por siempre el latir de la democracia cordobesa».

Posteriormente, se realizó un minuto de silencio por el reciente fallecimiento del ex legislador Luis Medina Allende.

En el último plenario en el histórico recinto del Palacio Legislativo ubicado en el centro de la Capital cordobesa, se aprobó en primera lectura el proyecto de ley de Presupuesto 2020 y las otras dos normas que conforman el paquete económico para el año que viene.

Por otro lado, todos los bloques legislativos (con sus diferentes matices) respaldaron el proyecto de ley, por el que se prorroga el vencimiento del plazo previsto en el artículo 7° y suspendiendo las obligaciones emergentes para las instalaciones a que se refiere el artículo 2° de la Ley 10281, de Seguridad Eléctrica.


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