Quinteros le pide a Llaryora que ordene a Aguas Cordobesas la prohibición de restricción y corte del servicio

Ciudad de Córdoba (19/3/20). El edil opositor basó su solicitud al Ejecutivo municipal «atento la gravedad de la situación por la que estamos atravesando y habiéndose dispuesto la emergencia sanitaria nacional, provincial  y municipal por la pandemia de coronavirus».

El concejal Juan Pablo Quinteros (EVC) le pidió al Departamento Ejecutivo Municipal a que ordene a la empresa Aguas Cordobesas «la prohibición de restricción y/o corte del servicio de suministro de agua potable a los usuarios, por la causal de falta de pagos del servicio y durante el período que se extienda la emergencia sanitaria dispuesta por la Provincia de Córdoba».

La solicitud del edil vecinalista fue plasmada en un proyecto de resolución que presentó hoy en el Concejo Deliberante. «El artículo 9 Inciso 1  de la Carta Orgánica Municipal garantiza a los vecinos el derecho a la salud, el ambiente sano y el desarrollo sustentable entre otros. Asimismo el artículo 33 de la Carta Orgánica Municipal establece que el Municipio reconoce a la salud como un derecho fundamental del hombre y garantiza su protección integral», se advierte en los fundamentos de la iniciativa.

En este sentido, Quinteros argumentó que «de la interpretación conjunta de ambos articulados surge la necesidad urgente de que el Municipio realice acciones concretas tendientes a garantizar la salud de los vecinos o al menos a mitigar los inminentes peligros de público conocimiento».

«Todos los sanitaristas, infectólogos y médicos en general coinciden que para contrarrestar el avance del coronavirus COVID-19 resulta indispensable una adecuada higiene de la comunidad (ello como una de la tantas acciones que debe realizar cada individuo en el ámbitos de su hogar y trabajo), en consecuencia resulta indispensable, para cada usuario y para la comunidad en su conjunto, tener un adecuado e ininterrumpido acceso al servicio de agua potable», destacó el opositor.

Cabe mencionar que el poder de policía de emergencia habilita el Estado a intervenir de manera  extraordinaria y transitoria a los fines de restringir derechos particulares (en este caso el de propiedad de la empresa concesionaria) en post de alcanzar el bien común.

«En consecuencia y entendiendo que cualquier tipo de restricción del servicio atenta de manera directa con las principales recomendaciones para atacar el COVID-19 que son la permanencia en el hogar y la higiene constante de la manos, es que solicitamos se adopte de manera urgente la medida solicitada», enfatizó Quinteros.

        

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