Tras los buenos resultados obtenidos durante un año como experiencia piloto, el TSJ decidió incorporar en forma permanente la Oficina de Conciliación que funciona en la órbita de la Cámara Única del Trabajo de la Ciudad de Córdoba. Para celebrar este paso se realizará un acto el jueves 19 de junio, a las 13hs., en el salón Bialet Massé de Tribunales III.
El objetivo de esta dependencia es que las diferentes salas que conforman la Cámara remitan, ya sea de oficio o a petición de parte, aquellas causas en trámite que pudieran ser susceptibles de una conciliación, señaló el TSJ en un comunicado.
Por medio del Acuerdo Reglamentario Nº 1.212, serie “A”, el Alto Cuerpo, en función de una serie de datos estadísticos, concluyó que “la Oficina ha cumplido razonablemente con los fines propuestos en el momento de su creación”.
En efecto, entre agosto y noviembre de 2013, del total de 536 causas remitidas por las diferentes salas, “se logró el avenimiento de las partes en 307” de aquellas; es decir, en el 57,3% de los casos en que intervino la Oficina.
Esta, además, cuenta “con el apoyo y beneplácito de los letrados”, según el informe elevado al TSJ por la Cámara Única del Trabajo, en el que también se requería que la experiencia abandonara la categoría de experiencia piloto, para consolidarse institucionalmente.
Asimismo, hasta el 9 de mayo de este año, las distintas salas remitieron a la Oficina 640 expedientes y “se han conciliado 326 causas (50,93%), lo que implica un aumento porcentual en relación con el informe bimestral anterior (45,58%)”. Al mismo tiempo, el TSJ tuvo en cuenta que “el 94% de los expedientes conciliados han llegado a esta solución en el ámbito de la propia Oficina”.
Instrumento valioso para la resolución de conflictos
De acuerdo con el TSJ, los resultados obtenidos en tan corto tiempo “constituyen una muestra elocuente de que se trata de un instrumento jurídico procesal válido para la resolución de los conflictos”. A esto hay que sumar la aceptación “por gran parte de los operadores jurídicos y que cuenta con recursos humanos comprometidos con el objetivo para el cual la Oficina fue creada”.
Para disponer la consolidación definitiva de la Oficina como un órgano propio dentro del fuero laboral, el TSJ también ponderó que la dependencia, para la mayor eficiencia de la tarea, cuenta con una serie de instrumentos, como “el Libro de actuaciones de Presidencia”, el formulario denominado “Bases del acuerdo gestionado por la Oficina de Conciliación”, así como el “Libro de Registro de Avenimientos logrados por la Oficina”, entre otros.