Nacionales. Capitanich, afirmó que la iniciativa de pago soberano enviada por la presidenta al Parlamento nacional garantiza «la voluntad de pago” del país, al tiempo que rechazó la figura de desacato que «no es aplicable a un país soberano», aseguró en referencia a la medida que podría adoptar el juez neoyorquino Thomas Griesa. El proyecto anunciado ayer por CFK impulsa modificaciones de legislación para el pago de los bonistas reestructurados y abre un nuevo canje.
El ministro coordinador, manifestó que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner “ha establecido claramente” la iniciativa por parte del Poder Ejecutivo Nacional, que ha sido enviada al Congreso, para establecer una Ley el pago soberano, la cual tendrá la declaratoria de ‘interés público’ y promueve de la reestructuración de la deuda soberana realizada en los años 2005 y 2010 y que contiene “los mecanismos para salvaguardar a los tenedores que han participado en el proceso voluntario de deuda”.
También se “promueve la remoción del agente fiduciario (Banco de Nueva York), establece una nueva modalidad de pago y de jurisdicción a los efectos de garantizar la voluntad de pago incólume de la Argentina” haciendo valer la soberanía y garantizar “el efectivo pago de los servicios de la deuda pública reestructurada”.
Capitanich agregó que esto “tiene que ver con la acción promovida por el juez Griesa que pretendía la obstaculización de los mecanismos de transferencia directa a los tenedores”.
“La Argentina pagó, la Argentina cumplió”, aseveró y advirtió que “hay una diferencia cualitativas respecto a que agentes fiduciarios pudieron pagar a tenedores; en otros casos está la disponibilidad de recursos pertenece a bonistas pero no hubo decisión judicial por parte del juez”.
En respuesta a la consulta periodística sobre el desacato, señaló que “no advierten, la Argentina es un país soberano cuando hablan de desacato” y recordó que el ataque de los fondos buitre en países como Nicaragua, Congo, Perú donde “han generado condiciones para propiciar la destrucción del marco regulatorio atacar a los países que no aceptan las condiciones que se pretenden imponer”.
A modo de síntesis de la iniciativa enviada ayer al Congreso y anunciada por Fernández de Kirchner, el funcionario, precisó que “Establece un sistema de depósito para la totalidad de los bonistas en virtud de las leyes que establecieron la reestructuración de la deuda de 2005-2010. Cambio del agente fiduciario (Banco de Nueva York), que incumplió el contrato y su sustitución por Nación fideicomiso. Sobre la Jurisdicción, la Argentina establece los mecanismos para que el depósito correspondiente a los servicios de la deuda llegue a los tenedores de modo voluntario; los tenedores deben aceptar la jurisdicción y, consiguientemente, establecer los mecanismos para recibir los pagos”.