El TSJ ratificó condenas a seis imputados por la Megacausa del Registro de la Propiedad

Registro General de la provinciaCórdoba. Por medio de su Sala Penal, el TSJ rechazó, en general, los recursos de casación planteados por los imputados Petrone, Oxandaburu, García, Enz, Pace y Ordóñez, contra la sentencia condenatoria que les había impuesto la Cámara del Crimen de 10ª Nominación, en uno de los procesos vinculados con la denominada “Megacausa del Registro de la Propiedad”.

La Sala Penal del Alto Cuerpo, ratificó que la Cámara efectuó “un minucioso examen del material probatorio”, que daba cuenta que Petrone, utilizando recursos humanos y materiales de su actividad comercial y financiera, proyectó y ejecutó la apropiación ilícita de los terrenos rurales denominados “Santa Leocadia”, pertenecientes a la víctima (Munist de Ruiz Orrico).

En ese plan, “colaboraron confeccionando escrituras públicas ideológicamente falsas, por un lado, Oxandaburu y García, como falsos adquirentes intermedios de dichos predios, y por el otro, Enz, Pace y Ordóñez, en sus roles de escribanos o colaboradores de la cuestión notarial”, se expresó en un comunicado.

Se informó también que se denegó el pedido de que se corrigiera jurídicamente la participación criminal atribuida a Petrone.

En cuanto a los planteos relativos a las prisiones preventivas dispuestas inicialmente por la Cámara, el máximo órgano de justicia de Córdoba, los declaró “abstractos”, dado que tanto Petrone como García y Pace obtuvieron el cese de dicha medida durante el mes de marzo, a través de una resolución favorable del mismo tribunal.

petrone La mañana de CórdobaCabe mencionar que la Cámara del Crimen había condenado a Jorge Oscar Petrone, Diego Gastón Oxandaburu, Oscar Abelardo García, Alfredo Miguel Enz, María Laura Pace y Ramón Nicolás Ordóñez, respectivamente, por los delitos de falsedad ideológica continuada y usurpación en calidad de coautores y partícipes necesarios.

Asimismo, había hecho lugar parcialmente a la demanda civil promovida por Susana Munist de Ruíz Orrico en contra de Enz, Oxandaburu, García, Petrone y de GAMA SA, obligándolos al pago solidario de $197.318,17, en concepto de daño moral.

Rechazos de argumento de la defensa

Por otra parte, el TSJ rechazó el argumento, esgrimido por las defensas, acerca de que supuestamente la sentencia se había basado en una acusación nula en cuanto al pedido de pena concreta.

Como consecuencia, se validaron las penas impuestas a Enz (4 años de prisión, multa de $25.000 e inhabilitación especial para ejercer el notariado por el doble del tiempo de la condena) y a Pace (3 años y 3 meses de prisión, multa de $20.000 e inhabilitación especial para ejercer el notariado por el doble del tiempo de la condena, cuya unificación determinó 6 años y 5 meses, $15000 e inhabilitación especial para ejercer el notariado por el doble del tiempo de la condena).

En cambio, se anuló parcialmente la pena impuesta a García (3 años y 6 meses de prisión), que ahora fue fijada en 3 años de prisión, cuyo cumplimiento fue dejado en suspenso.

En ese sentido, la Cámara 10º del Crimen deberá fijar las condiciones de dicha modalidad de ejecución. Finalmente, el Alto Cuerpo rechazó los agravios relacionados con la condena civil a Petrone y a GAMA SA y con la fundamentación del daño moral.

No obstante, anuló parcialmente la aplicación de las costas civiles a quienes habían sido beneficiados con el desistimiento de la acción civil (Pace y Ordóñez), y también, parcialmente, a Petrone y Gama en cuanto al daño patrimonial desestimado previamente en la resolución de mérito.

Causa: “Oxandaburu, Diego Gastón y otros p.ss.aa. falsedad ideológica, etc.–Recurso de Casación-” Fecha: 30 de diciembre de 2014.

Sentencia – Megacausa del Registro de la Propiedad – Recurso de Casación – Ratifican el examen probatorio efectuado por la Cámara 10º del Crimen