Córdoba. A diez días de los comicios provinciales, el Tribunal Electoral recordó que los resultados de los sondeos de boca de urna no podrán comunicarse antes de las 21hs. del domingo 5 de julio, tres horas después de que finalice el horario para poder sufragar. También está prohibido los actos de inauguración de obras.
Teniendo en cuenta que los comicios se celebrarán en menos de dos semanas, el órgano electoral destacó que ya rige la prohibición de publicar resultados de encuestas, así como de celebrar actos para inaugurar obras públicas, como lo exige el Código Electoral de Córdoba.
Respecto de los sondeos, se aplica lo previsto por el artículo 219 del Código Electoral, que establece que “queda prohibida la difusión de resultados de encuestas de opinión desde los diez días inmediatamente anteriores al día de las elecciones y la difusión de resultados de sondeos de boca de urna hasta tres horas después del cierre del acto electoral”.
Si los comicios cierran a las 18 hs., las encuestas sólo podrán comunicarse después de las 21hs. del domingo 5 de julio próximo.
De no cumplirse con la norma, la sanción está prevista en el artículo 153 de dicho Código, que cuantifica la misma. “El que publicitare o difundiere el resultado de encuestas o sondeos de opinión en boca de urna hasta tres horas inmediatas posteriores al cierre, siempre que el hecho no importe una falta o delito conminado con sanción mayor, será reprimido con multa equivalente a cincuenta veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) o hasta 60 días de arresto”.
Como el SMVM asciende actualmente a $4.716, el monto máximo posible de la multa será $235.800.
Prohibido los actos de inauguración de obras
Asimismo, el Tribunal hizo saber que está en vigor la prohibición contenida en el artículo 221, lo que implica que “no se podrán realizar actos para inaugurar obras públicas”, aunque esto “no significa detener las obras públicas y la habilitación al tránsito que redunden en beneficio de toda la comunidad”.
Dicho artículo del Código Electoral, dispone que queda “prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas y el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, durante los quince días inmediatos anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios”.