País. El juez federal Daniel Rafecas declaró válidos los múltiples allanamientos que se realizaron en Río Gallegos y otras localidades cercanas. Pero, a su vez, se expresó por la nulidad de las pericias contables ordenadas por su par Claudio Bonadio antes de ser removido como instructor de ese sumario penal.
Rafecas declaró válidos los múltiples allanamientos que se realizaron en Río Gallegos y otras localidades del sur del país, en donde se secuestró valiosa documentación del caso Hotesur.
Lo hizo luego de que el jueves la Sala I de la Cámara Federal evitara pronunciarse y dejara en manos de Rafecas el pedido del fiscal Germán Moldes para que se fijara el alcance de la nulidad decretada por el Tribunal en la causa.
Así, el juez federal declaró válidos los allanamientos, entre ellos el que se practicó en la inmobiliaria de Máximo Kirchner.
En cuanto a las pericias contables ordenadas por Bonadío, Rafecas las declaró nulas. En otra resolución, rechazó que la diputada nacional y candidata a presidente de la nación Margarita Stolbizer, actúe como querellante.
Rafecas dispuso la nulidad de la designación de tres integrantes del cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema y la aceptación del cargo por parte de estos para realizar la pericia contable ordenada por Bonadio.
También declaró la nulidad del pedido presentado por los peritos contadores oficiales en el que requieren información para llevar a cabo el estudio ordenado y anulado.
“Ello así -justificó- toda vez que los actos procesales precedentemente enumerados resultan ser consecuencia directa, exclusiva e ineludible de lo dispuesto por el doctor Bonadio” en la resolución luego declarada nula por la Sala I de la Cámara.
“Sin la existencia previa de este auto, los actos aquí declarados nulos, no tendrían existencia por ninguna otra vía”, señaló el juez a cargo de la causa que involucra a Máximo Kirchner, entre otros.
Agregó que “al decidir el Superior (la Cámara) que la solicitud de designar a un equipo de colaboradores contables es nula, todo aquello que se relacione directa y exclusivamente con ello, así como el accionar de quienes en consecuencia de dicha petición se hayan designado, deviene necesaria e ineludiblemente nulo”.
Fuente NA y Télam.