AFIP implementó un régimen permanente de facilidades de pago

0000168714País. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por Resolución General 3827 publicada este miércoles  en el Boletín Oficial, implementó, con carácter permanente, un régimen de facilidades de pago que permita regularizar las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras.

En sus argumentos, la AFIP destacó que el objetivo es facilitar a los contribuyentes el cumplimiento voluntario de sus obligaciones y aclaró que la medida no implica condonación total o parcial de las deudas o liberación de las pertinentes sanciones o cargos suplementarios.

En ese sentido, se indicó que la Resolución General que alcanza a monotributistas y empresas con ingresos de hasta $250 millones, establece  las formalidades, plazos y demás condiciones para solicitar la adhesión al régimen, como también para el ingreso de las deudas que se pretenden cancelar.

Se precisó que el régimen permanente y sujeto a las características de cada caso, será aplicable para la cancelación, total o parcial, de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas, vencidas a la fecha de presentación del plan, inclusive.

Dicho régimen abarca, además, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses y actualizaciones (Ley N° 22.415).

“La cancelación con arreglo a esta modalidad, no implica reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios, como tampoco liberación de las pertinentes sanciones o cargos suplementarios”, se puntualizó.

Por último, se señaló que también quedan alcanzados por el régimen los saldos pendientes por obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos, los aportes personales de los trabajadores autónomos, los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

Se incluye además el impuesto integrado y el componente previsional correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

Nuevo régimen

0002034622El nuevo plan establece pagos en un rango de entre 3 y 24 cuotas, según el tipo de deuda que se mantenga: los deudores de aportes de trabajadores podrán pautar un plan de pago de hasta 3 cuotas, mientras las obligaciones impositivas y de seguridad social (excepto aportes) podrán cancelarse en hasta 6 cuotas.

Obligaciones por aportes de autónomos y monotributos se financiarán en hasta 20 cuotas, y habrá 24 cuotas para deudas por ajustes de inspección.

Los importes mínimos a pagar serán de 500 pesos para planes de autónomos y monotributo, y de 1.000 pesos para el resto de los planes.

La tasa de interés, en tanto, se actualizará mensualmente y tomará como referencia la tasa nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días.

La tasa será publicada el día 20 de cada mes y deberán sumarse dos puntos adicionales para empresas con ingresos de hasta 91 millones al año, y 6 puntos para empresas con ingresos superiores.

El plan no incluye las deudas en concepto de retenciones y percepciones impositivas y previsionales, como tampoco anticipos y/o pagos a cuenta, deudas de IVA por importación de servicios o con Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART).

También quedan excluidas deudas declaradas en planes vigentes y ciudadanos imputados penalmente. Los beneficios para quienes suscriban el nuevo plan incluyen el levantamiento de la suspensión en los registros especiales aduaneros, la posibilidad de obtener el certificado fiscal para contratar con el Estado, entre otros.

El cobro se realizará por débito en cuenta bancaria, y los contribuyentes recibirán alertas vía mensaje de texto. (Fuente Télam y Redacción).