Con amplio consenso, aprobarán adecuación de Voluntad Anticipada al nuevo Código Civil

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Córdoba (15/12/16). Tras el intenso debate que se dio en la Comisión de Salud de la Unicameral por varios meses, finalmente se arribó a la redacción del proyecto definitivo de reforma de la ley que tiene el visto bueno de oficialistas y opositores. La iniciativa será aprobada en la sesión del miércoles próximo.

En la última reunión de dicha Comisión que se desarrolló este martes, se logró avanzar en un consenso mayoritario acerca de la adecuación de la norma provincial de voluntad anticipada al nuevo Código Civil nacional. Así lo confirmó el legislador Daniel Passerini a Agenda 4P.

El parlamentario de UPC sostuvo que la discusión en el seno de la misma, se inició “allá por mediados de año con una sugerencia que planteó el Consejo de Médicos en función de adecuar un punto de la ley al nuevo Código Civil nacional”.

Durante este tiempo, el debate fue enriquecido por aportes a favor y en contra, pero  sobre todo “con una visión de la necesidad de adecuar no solamente la ley 10.058 sino otras leyes que a partir del nuevo Código Civil deben adecuarse”, expresó.

En este marco, el titular de la Comisión de Salud destacó: “Hoy (por el martes) llegamos a un punto de discusión en el cual prácticamente hay un consenso casi unánime, en el tratamiento de la ley, te diría más, el 80 por ciento de los artículos hoy tienen un consenso unánime, son 6 artículos, y hay uno en el cual, el legislador García Elorrio, puntualmente tienen una visión diferente”.

Passerini se refirió de esta manera al planteo del parlamentario vecinalista que puso sus reparos a la hora de advertir de que se avanzaría en el terreno de la eutanasia.

Ante ello, el oficialista remarcó que “de ninguna manera nosotros vamos a convalidar que esto sea una cuestión de eutanasia, porque la ley expresamente lo prohíbe y nosotros no vamos a ir en contradicción de eso”.

Cabe mencionar que la ley provincial 10.058 (declaración de voluntad anticipada) tiene que ver con las potestades de los derechos del paciente de decir -frente a una situación terminal- cuál es la conducta que la persona requiere que debe ser sometido.

Tras recibir un amplio consenso en el seno de la Comisión y se ultiman detalles en la redacción del despacho, la adecuación de la mencionada norma provincial (que data del 2012) al nuevo Código Civil nacional, será convertida en ley en la sesión del miércoles próximo.

La confirmación quedó oficializada a través del pedido formal -formulado por el titular de la bancada de UPC- de que la iniciativa en cuestión tenga preferencia de tratamiento en la penúltima sesión del año.

Pedido médico

Cabe mencionar que allá por el mes de agosto, representantes del Consejo de Médicos de Córdoba (CMPC) se pronunciaron en la Unicameral a favor de modificar la legislación cordobesa de voluntad anticipada ya que presenta discrepancias con la ley nacional (26.742) y el Nuevo Código Civil y Comercial.

Entre los puntos observados, el planteo primordial se centra en el inciso G del artículo 5 de la 10.058 que afirmaron presenta “una disyuntiva” para los médicos en el ejercicio profesional, si seguir la ley nacional o la cordobesa. También hacen mención a otras normas y hasta el juramento hipocrático.

Tomando como referencia el artículo 59 del nuevo Código Civil y Comercial que argumentaron  está en concordancia con la ley nacional 26.742, en su artículo 1, afirmaron que hay discrepancias con el artículo 5 (Inc. G) de la normativa local que alude a Medidas Mínimas Ordinarias: acciones tendientes a suministrar hidratación, higiene, oxigenación, nutrición y/o curaciones al paciente en etapa terminal.

Por ello, advirtieron de una diferencia que “no es menor”, ya que sometería al médico a una serie de dilemas en el ejercicio profesional en el caso de los pacientes terminales.

Desde aquí se puede acceder a la nota completa de Agenda 4P al doctor Carlos Soriano, miembro de la Comisión de Bioética del CMPC, en oportunidad de la presentación del planteo médico en la Comisión de Salud.