Ciudad de Córdoba (19/6/17). De esta manera se pronunció el secretario general del Suoem, Rubén Daniele, luego de realizar una presentación ante la Cámara Contencioso Administrativa de una acción de Hábeas Data de protección de los datos personales en contra de la publicación que efectuó el Municipio.
Con el patrocinio del abogado Félix López Amaya, el titular del gremio de los municipales, presentó este lunes un recurso de habeas data por la asociación de datos personales en el portal web de la Municipalidad, en el marco del Gobierno Abierto.
En este contrexto, Daniele opinó que la gestión municipal encabezada por Mestre es «una de las peores administraciones que ha habido, son basura, no sirven para nada, no saben gestionar, no saben conducir, son sinuosos, no tienen eso que se necesita para gestionar de buena fe».
Ante la prensa, el líder gremial aseguró que el Ejecutivo municipal, “publicó nuestros nombres y números de documentos sabiendo que no debían, nada más para tener un rédito político. Enfrentarse con nosotros es fácil en esta ciudad, toda la gente se le pone a favor”.
Consultado por El Doce sobre la consulta popular, Daniele cargó duro contra el intendente radical. “Payasada más grande que eso se ha escuchado alguna vez acá”, se preguntó el sindicalista, quien sostuvo que lo que se busca es “provocar para hacer política. No tienen otra intención”.
La acción judicial fue presentada bajo el patrocinio del abogado Félix López Amaya, quien manifestó que se está pidiendo que “en el término de cinco días lo resuelvan”. “Hemos pedido también una cautelar para que bloqueen los datos; de manera que vamos a esperar que sea una sanción por parte de la Cámara que le toque la acción lo resuelva rápidamente”, acentuó.
“Este es el vicio de la ilegalidad, arbitrariedad, irrazonabilidad y desviación de poder, puesto que las normas municipales le prohíben al intendente y funcionarios publicar los datos personales cuando está en juego la intimidad, privacidad y seguridad de los trabajadores (art. 5 Ord. 11.877); además lo obligan a disociar y excluir los datos personales de los sueldos y remuneraciones de los datos identificatorios de los empleados como lo establece la Ord. 11.033 en su art. 1°; y lo han hecho sin contar con el consentimiento que le exigen el art. 5.1 de la Ord. 11.877 y el art. 5.1 de la Ley 25.326 (de Protección de los Datos Personales)”, se afirma en la Acción de Habeas Data Colectivo presentada por el Suoem.
Asimismo, a través de la misma, se deja plateada -para el caso de resolución adversa a la presentación del gremio- la inconstitucionalidad por afectarse el derecho a la intimidad, a la privacidad, a la seguridad personal y patrimonial y a la autodeterminación informativa de su información personal, entre otros derechos y garantías constitucionales.
En definitiva, con la demanda impulsada por el Suoem, se pide a la Cámara que haga lugar, ordenando las disposiciones necesarias para la supresión y retiro del listado en cuestión, de la página web del municipio. Mientras se resuelve este planteo de fondo, se solicita por medio de la cautelar el bloqueo provisional.