País (8/11/17). La Cámara de Diputados acordó, en la Comisión de Asuntos Constitucionales, avanzar con las iniciativas presentadas por las diputadas Silvia Lospenatto (PRO), Elisa Carrió (ARI) y Brenda Austin (UCR), que buscan prohibir las candidaturas de las personas con sentencia condenatoria por delitos de corrupción. Para la legisladora radical, el Congreso no debe convertirse «en un refugio para la impunidad”.
La ley de partidos políticos establece los supuestos de quienes no pueden ser candidatos en su Artículo 33°. Actualmente la prohibición rige para los procesados por delitos de lesa humanidad y los condenados con sentencia firme por delitos dolosos durante el término de cumplimiento de la condena.
Los proyectos proponen incorporar una causal más, para prohibir que sean candidatos los condenados por delito de corrupción (tráfico de influencias, cohecho, enriquecimiento ilícito, malversación de caudales públicos, encubrimiento, entre otros), aun cuando la sentencia no esté firme.
Durante su intervención en la reunión de Comisión de Asuntos Constitucionales, la diputada Austin planteó que “el camino que iniciamos para combatir la corrupción requiere dar pasos sólidos en una misma dirección».
«Sancionamos leyes como la de acceso a la información pública, la ley del arrepentido o la media sanción de extinción de dominio para que devuelvan lo robado. Ahora necesitamos dar un paso más que defienda la representación política desde la honestidad, para evitar que el Congreso se convierta en un refugio para la impunidad”, destacó.
Agregó que “los requisitos que se deben exigir para ser candidatos, deben incluir la idoneidad ética de los postulantes y quien ha sido condenado por un delito en perjuicio del Estado, no la tiene. La corrupción daña las bases de la legitimidad de las instituciones democráticas”.
A lo largo del debate, se argumentó sobre la constitucionalidad de la medida al señalar que el Art. 36 de la Constitución Nacional considera a los delitos de enriquecimiento y corrupción como “atentados a la democracia”, asemejando a sus autores con la figura de infames traidores a la patria.
Por otra parte, en materia de tratados internacionales de DDHH, en particular el Pacto de San José de Costa Rica, habilita la restricción de los derechos políticos frente a una condena penal dictada por un juez competente, sin exigir que la misma se encuentre firme.
El ejemplo más paradigmático de esto es Carlos Menem y las causas que tiene pendientes como ‘Armas’ y las explosiones de Río Tercero. A pesar de tener sentencia condenatoria en varias instancias pudo presentarse una vez más como candidato a senador, obteniendo la protección de los fueros.
En el fallo que habilitó su candidatura, se consideró que no podía prohibirse si la ley así no lo disponía. Los proyectos propuestos buscan salvar este vacío y evitar que puedan ser candidatos mientras la condena no sea revocada.
Las iniciativas presentadas en Diputados, entre las cuales se encuentra el proyecto de la parlamentaria cordobesa, lograron avanzar en un dictamen en conjunto.
“Esperamos que el proyecto continúe su camino para convertirse en ley, para seguir ratificando el compromiso que Argentina ha suscripto con los tratados internacionales en la lucha contra la corrupción. Se trata de generar herramientas, incentivos y estímulos que permitan erradicar la corrupción de la práctica política, para comenzar a construir un Estado decente, el que todos nos merecemos”, concluyó Austin.