Buenos Aires/País (16/3/18). Tras la primera implementación de la ley de paridad en las elecciones de 2017, ahora 35 por ciento de las bancas bonaerenses de ambas cámaras son ocupadas por mujeres. Antes sólo representaban el 25 por ciento.
En los concejos deliberantes, la participación de las mujeres también aumentó: en promedio, pasó del 33 al 40 por ciento y prácticamente no quedan municipios donde las concejalas representen menos del 30 por ciento del cuerpo.
A pesar de los avances, una decisión administrativa de la Junta Electoral contempla excepciones y podría afectar de manera significativa la efectividad de la ley en el futuro, advirtió CIPPEC.
El debut de la Ley de Paridad bonaerense en las elecciones de 2017 aumentó el acceso de las mujeres a bancas en la Legislatura provincial y los concejos deliberantes. En la legislatura provincial, la participación de las mujeres pasó del 25 al 30 por ciento en ambas cámaras. En los concejos deliberantes, el porcentaje promedio de concejalas, que era del 33 por ciento, pasó a ser del 40 por ciento.
A pesar de estos avances, según advierte un documento de CIPPEC, el futuro de la paridad es incierto: una decisión administrativa de la Junta Electoral, la Resolución Técnica 114, pone en peligro la efectividad de la norma en las próximas elecciones.
La ley bonaerense 14.848, sancionada en octubre de 2016, exige que las listas de candidatos a senadores, diputados provinciales, concejales y consejeros escolares incluyan un 50% de personas de cada género en forma alternada y secuencial. Según la norma, solo las listas que cumplen estos requisitos pueden participar de la elección.
“La Ley de Paridad es una herramienta fundamental para conseguir un mayor equilibrio de género en el acceso a los cargos de representación política”, enfatizó María Page, investigadora del programa de Instituciones Políticas de CIPPEC y coautora del documento.
El estudio de CIPPEC es particularmente relevante en la antesala de las elecciones nacionales de 2019: la experiencia de la provincia de Buenos Aires, que contiene al 38 por ciento del electorado del país, es un antecedente de peso para la implementación de la Ley 27.412 de Paridad para cargos nacionales en 2019.
Composición de la Cámara de Diputados por género en la provincia de Buenos Aires (1995-2018)
El efecto de la Resolución Técnica 114
«Como la paridad en las listas implica una redistribución de poder, es de esperar que los partidos se resistan. Por eso, el rol de la autoridad de aplicación es clave para garantizar que la regla se cumple», afirmó. Page.
El estudio de CIPPEC muestra que en las primarias, la gran mayoría de las listas presentadas respetó la Ley de Paridad y las que no lo hicieron fueron corregidas por la Junta Electoral. Sin embargo, luego de las primarias, la Resolución Técnica 114 dictada por la Junta Electoral abrió una válvula de escape: eximió a las agrupaciones con competencia interna en las primarias de cumplir con la alternancia y secuencialidad en las listas para la elección general.
Por esta excepción, un 6 por ciento de las casi 600 listas de candidatos a concejales que se oficializaron para las elecciones generales no respetó el orden que disponía la ley. Como la excepción fue usada en pocos casos, se verificó un crecimiento de la participación de las mujeres en la Legislatura provincial y en los concejos deliberantes.
“Las normas de paridad no tienen un efecto lineal porque las dirigencias de los partidos las resisten y porque su eficacia está condicionada por el marco institucional, político y social”, opinó Page.
Por eso, el rol de la autoridad de aplicación es crucial. “En 2017 el margen de maniobra abierto por la RT 114 fue poco explotado por los partidos y, por eso, el efecto sobre la representación de mujeres en la provincia de Buenos Aires fue positivo”, indicó.
“Si el resultado del año pasado se sostiene, la Ley de Paridad contribuiría a saldar una deuda histórica de la provincia de Buenos Aires con los derechos políticos de las mujeres”, señaló Page y consideró que “frente a la RT 114 hay que tomar medidas específicas para que la paridad se cumpla sin excepciones”.