CABA/País (16/3/18). Tras el fallo de la Corte Suprema de este miércoles que anuló su personería gremial, la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro (Agtsyp) amenazó al gobierno y Metrovías si desconocen su representación y no son recibidos para negociar la paritaria del sector.
“Vamos a seguir peleando, no necesitamos una chapa para defender a nuestros compañeros”, prometió Néstor Segovia, dirigente de Agtsyp, en una conferencia de prensa realizada en el barrio porteño de Monserrat.
Asimismo, advirtió que si el gremio no es convocado a paritarias, “este gobierno se va a comer el peor paro de su vida”.
Los dirigentes del sindicato acusaron al máximo tribunal del país de ser “adicto” al gobierno y aseguraron que recurrirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para reclamar por su personería gremial.
El fallo de la Corte Suprema convalidó lo resuelto en primera instancia por la Cámara del Trabajo y devolvió el expediente al Ministerio de Trabajo para que certifique qué sindicato tiene mayor afiliación en representación de los trabajadores: la Agtsyp o la UTA.
En referencia a la sentencia, Roberto Pianelli, secretario general del sindicato, manifestó: “No tenemos ninguna expectativa porque este Ministerio de Trabajo tiene un perfil intervencionista”.
Quedó firme el fallo
Con la firma de la Jueza Elena Highton de Nolasco y de los Jueces Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, la Corte dejó firme la sentencia que declaró la nulidad de la resolución del Ministerio de Trabajo, del 26 de noviembre de 2015, firmada por el entonces Ministro Carlos Tomada, por la cual se le había otorgado la personería gremial a la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro (“metrodelegados”).
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que efectivamente el Ministerio no había adoptado las medidas necesarias para dar intervención en el trámite a la UTA y permitirle producir pruebas, lo cual significó la violación de su derecho de defensa.
El tribunal concluyó que en las actuaciones administrativas no se había cotejado, con las garantías necesarias, que el sindicato de “metrodelegados” que solicitó la personería fuera el más representativo, es decir, que tuviese un número de afiliados cotizantes considerablemente superior a los de la UTA.
Decidió, en consecuencia, dejar sin efecto el otorgamiento de la personería gremial aunque aclarando que lo resuelto no implicaba en modo alguno adelantar opinión sobre la suerte final del caso, el cual debería ser decidido nuevamente por el Ministerio –al que le envió el expediente– una vez finalizado el procedimiento en el que se respeten las garantías de defensa en juicio y legalidad, especialmente para producir pruebas.
En su fallo la Corte, por mayoría, desestimó la apelación interpuesta por los “metrodelegados” por entender que el fallo de la cámara que ordenó que se tramitara nuevamente el pedido de personería gremial no constituye una decisión definitiva sobre el problema planteado.