Córdoba (5/8/18). A través de una iniciativa ingresada recientemente en la Unicameral, que modifica la Ley Provincial de Tránsito, la legisladora Liliana Montero, propone el “empleo obligatorio de sistemas de retención infantil en el traslado de menores hasta los 12 años de edad”. Asimismo, prohibe que menores de 10 años sean transportados en motos.
El proyecto de Montero plantea distintas modificaciones a la Ley Provincial de Tránsito Nº 8.560 como ser la prohibición a “circular con menores hasta los 12 años, cuya estatura sea inferior a 1,50 metros o que pesen menos de 36 kg., en los asientos delanteros del vehículo, o con los mencionados menores al volante».
«Los menores siempre deben ser trasladados en el asiento trasero del vehículo y tener colocados el sistema de retención infantil (SRI) y queda prohibido transportar menores de 10 años en motocicletas y ciclomotores”, indica el texto que introduce cambios a la normativa vigente.
A su vez, el proyecto de la parlamentaria fija Normas de Instalación de los Sistemas de Retención: “En la instalación de los sistemas de retención infantil (SRI) deberán observarse obligatoriamente las siguientes normas de instalación: 1) El SRI debe quedar firmemente sujeto al asiento trasero del vehículo y emplearse el dispositivo de anclaje superior, si lo hubiere. 2) El recorrido del cinturón de seguridad sobre el menor debe sujetarse por debajo de la cadera. Queda prohibida su aplicación por encima de las vértebras cervicales del menor.”
Tal como lo expresa la iniciativa, las modificaciones que se proponen se fundamentan en la cantidad de autos que aumenta de manera vertiginosa y que sólo en la Capital cordobesa, se registra un parque automotor que creció un 16 por ciento entre 2014 a 2016. «La cantidad de vehículos a principios del año pasado ascendía a los 839 mil vehículos, de los cuales 237 mil son motos”, se advierte en los fundamentos del proyecto de Montero.
En defensa de la iniciativa, Montero aseguró que se procura alcanzar «un mayor rigor en materia de cumplimiento de normas generales de comportamiento vial en particular cuando la circulación supone el traslado de menores de edad. Por otro lado, y quizás más importante, propone un cambio de paradigmas».
«Si las investigaciones actuales han demostrado que la prohibición de traslado en asientos delanteros y el uso de dispositivos de retención respecto de menores doce años puede contribuir notablemente a reducir tanto la cantidad como la gravedad de las lesiones en caso de accidente de tránsito ¿cómo podemos mantener una ley que permite a nuestros niños viajar en asientos delanteros a pesar del riesgo?”, destacó Montero.
Por último, la legisladora enfatizó: “sabemos que la reducción de la mortalidad infantil en siniestros viales ha de ser una decisiva e in-negociable política pública en la que nuestra provincia no puede permanecer ajena y que hay prohibiciones necesarias consecuentes con ese objetivo. Es por eso pedimos la aprobación de esta ley”.