País (31/8/18). La Sala II que investiga a Lázaro Báez y a otros imputados ordenó que se cite a declaración indagatoria a la expresidenta por la causa de lavado de activos.
La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun, Lepoldo Bruglia y Mariano Llorens, adoptó esta medida en el marco del proceso seguido ante el Juzgado Federal n° 7 conocido como “La Rruta del dinero K”.
Por mayoría se decidió hacer lugar parcialmente al recurso de queja de la Unidad de Información Financiera (UIF) y disponer que se convoque a prestar declaración indagatoria a Cristina Fernández de Kirchner a efectos que les sean impuestos los cargos por los que se encuentra imputada hace tiempo por la fiscalía y las querellas.
En lo que respecta a los cargos por el posible involucramiento de CFK en la recepción, disimulación y puesta en circulación de fondos a nombre de Lázaro Báez y todas las demás causas en que ambos están también imputados, el juez Irurzun aseguró que “el contexto en el que sucedieron las maniobras investigadas es lo que define el tema”.
“Para expresarlo de manera clara y sencilla, en todos los casos -marcados por grupos organizados para delinquir a través de defraudaciones al Estado, cohecho y lavado de activos- hay dos nombres que se repiten: Lázaro Báez y Cristina Fernández. Según los fiscales que acusaron en los enjuiciamientos ello se explica por la relación de “prestanombre” del primero con la segunda, porque dado el grado de exposición de quien entonces detentaba la primera magistratura del país el dinero o los bienes no podían quedar registrados a su nombre. Hasta donde se sabe, esta misma razón habría determinado que, el enorme patrimonio de Lázaro Báez resultara muy superior al que proporcionalmente le correspondió a Cristina Fernández y su familia a través de los mencionados contratos de locación.Siendo eso así, la lógica indica que la explicación de la enorme masa dineraria que manejó Báezdebe rastrearse en el rol que cumplió en los negocios delictivos deFernández. Y ello tiene todo que ver con los cargos que aquí pesan sobre aquella. Afirmar lo contrario, a esta altura, contraría a las pruebas y a una valoración razonable de aquellas, por vía del sentido común”, indicó Irurzun.
Para el magistrado, “las sospechas acerca de la coautoría de Cristina Fernández en los hechos por los que Lázaro Báez ya se encuentra en juicio, etapa final en la que naturalmente se habrá de llegar a la comprensión cabal de los distintos engranajes de las sucesivas maniobras que hasta aquí se han tratado en los diversos expedientes y adoptarse una respuesta definitiva sobre la corrección -o no- de un juzgamiento conjunto. Y por ello, corresponde que el Juez Casanelloescuche su versión en estos autos donde está formalmente imputada hace mucho tiempo, sin encontrar una definición -en un sentido o en otro- de su situación procesal”.
Sobre la necesidad de procurar el recupero de los bienes involucrados en los delitos, el juez Lorrens afirmó: “A mayor abundamiento, existen instrumentos legales apropiados en la legislación vigente -convenciones internacionales que han abordado la temática vinculada al Crimen Organizado Transnacional y la Corrupción- que nos brindan, tanto el marco legal, como instrumentos adecuados y canales diplomáticos que facilitan la cooperación judicial internacional –tantas veces reclamada por el Estado Argentino en todos los foros donde ha tenido la oportunidad- como para obtener información respecto del circuito y destino final del producto de las conductas ilícitas investigadas que han sido objeto de impulso acusatorio. En definitiva, cabe destacar que resulta imperioso para esta Nación lograr el recupero de todos los activos que hubiere en el país o en el extranjero”.