La Unicameral fue escenario del debate sobre la ley de protección de derechos de la niñez

Córdoba (14/2/19). En el marco de un plenario de comisiones legislativas llevado a cabo en la jornada de ayer, se estudia un proyecto para modificar la Ley 9944. La propuesta incorpora la figura del Abogado del Niño, acorta plazos procesales en materia penal juvenil, e introduce medidas no privativas de la libertad.

El titular de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SeNAF), José Piñero, visitó ayer la Legislatura de Córdoba para exponer en el marco del debate por la reforma de la Ley 9944 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

El proyecto, impulsado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, busca brindar mayor celeridad a los juicios en los que se ven involucrados niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal. También, incorpora la figura del Abogado del Niño, la reglamentación de la Mediación, e integra otras medidas alternativas a la privación de la libertad.

Córdoba va a ser una de las pocas provincias que cuenta con la figura de Abogado del Niño, solo Buenos Aires y Río Negro la tienen. En otras localidades estos abogados son parte del Poder Judicial. En este caso se trata de abogados cuyos honorarios estarán a cargo del Estado provincial, y de manera articulada con SeNAF van a poder actuar en todo proceso defendiendo los derechos de los niños y niñas”, señaló el funcionario. 

Piñero fue el primer orador en el debate que se desarrolló este miércoles en el ámbito de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General.

El titular de la SeNAF defendió la propuesta y consideró que la incorporación de la mediación es “muy productiva” aún en delitos graves. Si el proyecto se aprueba tal cual, la mediación penal juvenil será obligatoria para todos los menores de 16 años.

Para lograr que los procesos se agilicen, el proyecto establece un plazo fatal para las causas que involucren a niños, niñas y adolescentes: “Cuando un niño o niña esté privado de su libertad, el proceso penal no podrá durar más de 18 meses”,adelantó José Piñero. Incluso, si en la causa hay un mayor involucrado, la privación de su libertad tampoco podrá exceder ese plazo.

Las medidas no privativas de la libertad son herramientas en las que el proyecto ahonda. Actualmente, la normativa vigente sólo menciona la Libertad Asistida pero no fija plazos ni requisitos. La nueva propuesta establece que en todo proceso que involucre a una niña, niño o adolescente el juez priorizará la aplicación de dos medidas no privativas de la libertad: la supervisión en territorio o los servicios en beneficio de la comunidad. “Esto le da herramientas a los jueces para trabajar con los chicos fuera de los establecimientos socioeducativos cerrados”, explicó.