La Legislatura aprobó el Digesto Jurídico Digital Provincial

Córdoba (3/4/19). A instancias de los legisladores Martín Fresneda (CP) y Oscar González (UPC), el pleno legislativo sancionó la ley que crea el Digesto Jurídico Digital Provincial.

La finalidad del Digesto es consolidar, ordenar y publicitar el derecho positivo vigente, es decir, las leyes provinciales que estén aprobadas, las que no estén en vigencia o en desuso, y garantizar el acceso al mismo a través de la web de la Legislatura de Córdoba.

El Digesto debe contener las leyes, los decretos reglamentarios, resoluciones o cualquier instrumento normativo que derive en la aplicación de estas leyes.

En su confección se aplicarán las técnicas jurídicas de recopilación, unificación y ordenación. La elaboración y aprobación del Digesto estará a cargo del Poder Legislativo.

«Las normas ordenan la vida social de todos los ciudadanos. Es de suma importancia que cada individuo sepa el estado de las leyes provinciales que rigen su día a día para poder conocerlas y ejercerlas mejor, y el Digesto Jurídico Digital Provincial será la herramienta que permitirá que esto sea posible», destacó Fresneda.

Corresponde aplaudir y mencionar la necesidad que tiene la provincia de Córdoba de tener un digesto jurídico propio, sinónimo claro y permanente de las que las leyes son las que regulan el funcionamiento de una sociedad; leyes que necesariamente deben ser conocidas”, afirmó el legislador Javier Bee Sellares (UCR).

En tanto, la legisladora Elisa Caffaratti (UCR) solicitó al cuerpo deliberativo se incluya -en un futuro próximo- en el articulado de la ley aprobada una categoría relacionada con el derecho de las mujeres.

Adenda

Por otra parte, los legisladores aprobaron la ratificación de la adenda celebrada entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y las entidades representativas de los sectores productivos rurales denominada «Mesa de Enlace», respecto al acuerdo original rubricado en 2018 entre las partes, que fuera ratificado por Ley N° 10.546, y cuyo objeto es establecer las bases para la creación del «Programa de Pavimentación de Caminos Rurales».

La adenda en cuestión tiene como propósito, entre otros, modificar el alcance de la Cláusula Primera del Acuerdo original, haciendo extensiva la ejecución de los trabajos de pavimentación y mejora a todos los caminos de tierra, independientemente de la red vial a la cual pertenezcan, donde hubiere -como mínimo- más del cincuenta por ciento (50%) de los beneficiarios radicados en el área de influencia del tramo a intervenir.

Se procura también ampliar el destino del Fondo Específico Provincial del «Programa de Pavimentación y Mejora de Caminos Rurales«, el que podrá ser afectado para financiar la ejecución de trabajos de pavimentación y mejoras de todo camino de tierra ubicado dentro del ámbito geográfico de la Provincia, independientemente de la red vial a la cual pertenezcan.