Nicolás repudió el accionar de LLaryora por promocionar su candidatura pese a que está impugnado

Córdoba (3/4/19). A través de un proyecto presentado en la Unicameral, el parlamentario radical cuestionó al dirigente peronista por hacer propaganda de su candidatura a intendente pese a que la Junta Electoral Municipal (JEM) no lo habilitó.  Cabe mencionar que el llaryorismo ya apeló esa resolución ante la jueza electoral Marta Vidal. 

En la sesión de este miércoles, el legislador Miguel Nicolás (UCR-Cambiemos) impulsó la aprobación de una iniciativa que instaba a la Cámara a declarar “su más enérgico rechazo a la permanente violación a la Carta Orgánica Municipal» por parte del vicegobernador en uso de licencia.

El parlamentario sostuvo que Martín Llaryora hace «propaganda política de su candidatura a intendente de Córdoba, cuando la Junta Electoral Municipal no se lo permite en razón de no cumplir con el artículo 81 inciso 3 de dicha Carta en torno de la residencia».

En la noche del domingo, la Junta Electoral Municipal de Córdoba aceptó  la impugnación de la UCR y el Frente Cívico contra la candidatura a intendente de la Capital de Llaryora.

El fundamento de la decisión fue que el sanfrancisqueño, no cumple los requisitos de residencia en la ciudad de Córdoba para poder postularse en las elecciones del 12 de mayo.

“El dictamen de la Junta Electoral fue contundente, el exintendente de San Francisco ‘no ha tenido residencia en Córdoba entre el 12 de mayo de 2015 y el 10 de diciembre de 2015′. Los elementos de prueba que él trajo no fueron suficientes para convencernos con grado de certeza que efectivamente él estaba residiendo en Córdoba, se expuso”, advirtió Nicolás.

“Y el dictamen es acertado, porque en esta Legislatura días atrás, ingresamos un proyecto de Declaración por el cual advertíamos de esta maniobra delictiva por parte de “Hacemos por Córdoba”, que tiene los mismos vicios que Unión Por Córdoba”, disparó el radical.

“El vicegobernador en uso de licencia Martín Llaryora no puede acreditar debidamente el tiempo de residencia que le exige la norma municipal para postularse como intendente, entendiendo e interpretando fielmente que hoy su domicilio empadronado es el de la Ciudad de San Francisco, Departamento San Justo, porque no puede acreditar los cuatro años de residencia ‘continua’ en la Capital, como lo indica la Carta Orgánica Municipal», resaltó Nicolás.

Ante el pedido del radical, la mayoría oficialista rechazó el tratamiento sobre tablas de la iniciativa opositora. En base al Reglamento Interno del Cuerpo parlamentario, la presidencia de la Cámara no le concedió los 5 minutos para argumentar su reconsideración debido a que dicho proyecto ya fue expuesto en otras oportunidades. Nicolás se defendió, sosteniendo que no es la misma iniciativa.

Cabe mencionar que el llaryorismo ya apeló la resolución de la JEM ante la jueza electoral Marta Vidal y espera que mañana o a más tardar el viernes haya una definición al respecto. (Ver nota. Impugnación: el llaryorismo espera la resolución de Vidal en menos de 72 horas).

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