País (1/9/19). Con un decreto publicado este domingo en el Boletín Oficial, el Ejecutivo autorizó al Banco Central a poner límites en el mercado cambiario. Las empresas deberán solicitar autorización al BCRA para la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior. Las personas físicas podrán comprar hasta 10 mil dólares por mes.
Con un decreto publicado en el Boletín Oficial un domingo, el Gobierno macrista anunció hoy la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos.
El objetivo de la medida es calmar la plaza cambiaria con medidas de alto impacto que fueron analizadas por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, a pedido del presidente Mauricio Macri, indicaron fuentes oficiales.
El decreto 609/2019 dispone que hasta el 31 de diciembre el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central.
La autoridad monetaria, además, establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados, y las transferencias al exterior requerirán autorización previa.
Así, el Banco Central buscará frenar la sangría de dólares y garantizar la liquidez de pequeños y medianos ahorristas.
En detalle
La entidad monetaria lanzó una serie de medidas, entre las que se destaca que las exportadoras deberán liquidar las divisas producto de sus ventas en el país y que todas las compañías, no solo los bancos, tendrán que pedir autorización a la entidad monetaria para girar divisas al exterior.
Los exportadores tendrán que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).
En el caso de las «personas humanas» se estableció que “no podrán comprar más de USD 10.000 por mes, ni realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de ese monto.
Desde el BCRA se explicó que “no hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento”, pero las empresas “no podrán comprar dólares para atesorar”.
El decreto también establece que los tenedores de algunos títulos de la deuda pública con vencimiento original fuera de límite, podrán dar estos títulos en pago para cancelar obligaciones de la seguridad social, como aportes y contribuciones, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.
Reunión con bancos
Tras la publicación del decreto 609/2019, el titular del Banco Central se reúne de urgencia con los representantes de las principales entidades bancarias para profundizar sobre la implementación de las medidas.
En el encuentro está presente el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, con quien definió las medidas de control de capitales, consignó La Nación.
Está previsto que el titular de la cartera económica del Gobierno explique las nuevas medidas, en una conferencia de prensa que se realizará en la mañana de este lunes, antes de la apertura de los mercados.