El Gobierno envió al Congreso el proyecto de ley de reperfilamiento de la deuda

País (20/9/19). La iniciativa para la modificación de los términos y condiciones de títulos de Deuda Pública Nacional ingresó ayer a la Cámara de Diputados.

El Ejecutivo nacional envío a la Cámara baja del Congreso el proyecto de ley por el cual se regulan los procedimientos tendientes a restablecer los niveles de sostenibilidad de la deuda pública nacional.

El proyecto de ley conocido como de «reperfilamiento» de la deuda, según el término utilizado por el ministro Hernán Lacunza, establece “las herramientas legales para proceder a la modificación de los términos y condiciones de los títulos representativos de deuda pública nacional, mediante el consentimiento de una mayoría calificada de sus titulares, de manera concordante con lo previsto en las emisiones efectuadas bajo legislación extranjera”.

El proyecto consta de nueve artículos y lleva las firmas del presidente de la Nación, Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza.

Desde la cartera de Hacienda de la Nación argumentaron que «es importante despejar el horizonte financiero argentino de corto, mediano y largo plazo, no solo de este mandato sino también del próximo, para disipar los riesgos de incumplimiento hoy implícito en las cotizaciones de los papeles argentinos, influenciados por el estrés de liquidez de corto plazo y no por reales fundamentos de solvencia de la deuda argentina».

«Argentina no tiene un problema de solvencia sobre la capacidad de pago de su deuda, en un marco de políticas económicas consistentes, pero sí sobre la liquidez de mediano plazo que incide en la inestabilidad actual y corta el financiamiento voluntario del mercado», se advirtió.

Hacienda destacó que «para despejar las exigencias financieras del período 2020-23, y que el mandatario que gane en las próximas elecciones pueda desplegar sus políticas económicas y sociales sin excesivos condicionantes financieros, este proyecto de ley busca proveer las herramientas necesarias para promover una extensión voluntaria de plazos de deuda bajo jurisdicción local».

La iniciativa presentada en el Congreso «busca darle al diálogo un marco institucional que despeje las dudas sobre la capacidad y voluntad de pago de la deuda argentina en el mediano y largo plazo», resaltó la cartera a cargo de Lacunza.

El principal artículo del proyecto incorpora a estos bonos Cláusulas de Acción Colectiva, como tienen los de legislación extranjera, que establecen que si el 66% de los bonistas acepta la propuesta de reperfilamiento, el resto debe acatar, con un mínimo de 50% por especie.

Las CACs le permiten al emisor de un título proponer modificaciones a los términos y condiciones de los títulos emitidos que, de ser aceptados por una mayoría especial, son aplicables a todos los tenedores.

«El concepto de mayorías especiales existe en el contexto de emisores corporativos desde el inicio del mercado de bonos, pero se introdujo en emisiones de gobiernos a partir del año 2003. Todos los títulos emitidos por Argentina bajo legislación extranjera poseen CACs. Las definiciones del proyecto presentado replican las ya contenidas en los títulos existentes», indicó el ministerio de Hacienda.

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