
Córdoba (4/10/19). El Código de Ética Judicial señala que la función judicial es “incompatible” con las actividades político-partidarias y la emisión pública de opiniones que trasluzcan una filiación partidaria.
El Tribunal de Ética Judicial (TEJ) subrayó que la participación de magistrados o funcionarios judiciales como fiscales de mesa en un proceso eleccionario resulta incompatible con el cargo que desempeñan. De esta manera, el órgano deontológico respondió a la consulta formulada por una prosecretaria letrada del Poder Judicial de Córdoba sobre la posibilidad de actuar como fiscal partidario en las próximas elecciones nacionales, previstas para el domingo 27 de octubre próximos.
El tribunal deontológico, presidido por Armando S. Andruet (h), admitió que las personas que integran la magistratura “pueden tener ideologías políticas y afinidades partidarias” y que también pueden ejercer sus derechos políticos, como cualquier ciudadano; pero indicó que, para preservar la confianza pública en su independencia e imparcialidad, “algunos aspectos de su vida privada deben limitarse, tal como sería la participación en actividades políticas-partidarias y la emisión pública de opiniones que dejen traslucir una afinidad partidaria”.
“A la ética judicial no sólo le interesa que el juez sea imparcial (…), sino que también que el juez se muestre como tal; es decir que el juez además de ser imparcial debe parecerlo y para esto necesariamente su libertad de expresión política-partidaria debe limitarse mediante las incompatibilidades señaladas”, enfatizó el TEJ.
La resolución recuerda que la regla 3.9 del Código de Ética Judicial establece expresamente que “el ejercicio de la administración de justicia es incompatible con las actividades político-partidarias y con la emisión pública de opiniones que trasluzcan una filiación partidaria”.