
País (4/3/20). En el marco del tratamiento del proyecto de ley que modifica las jubilaciones de privilegio en un plenario de comisiones, funcionarios nacionales expusieron la postura del Gobierno albertista. Al cierre de la reunión, el oficialismo rubricó el despacho de mayoría que llegará al recinto la semana próxima.
Ante un plenario de comisiones del Senado, los ministros de Trabajo, Claudio Moroni; el secretario de Seguridad Social, Luis Bulit Goñi; y el director ejecutivo de la ANSeS, Alejandro Vanoli, se explayaron sobre los fundamentos de la iniciativa y respondieron preguntas de los senadores.
La reunión conjunta de las comisiones de Trabajo y de Presupuesto inició pasada las 17 a debatir la reforma del régimen de jubilaciones de privilegio de jueces, fiscales y diplomáticos, en el plenario en el que expuso el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, entre otros funcionarios, y representantes del asociaciones de magistrados y fiscales.
El titular de la cartera laboral aseguró que el Gobierno de Alberto Fernández «no tiene ningún objetivo de expulsar jueces» con su propuesta de limitar las jubilaciones de privilegio del Poder Judicial y consideró que si la iniciativa oficial «provoca un éxodo» de magistrados y fiscales sería por «un exceso de sensibilidad».
Moroni aclaró que el objetivo del Ejecutivo es «reforzar el carácter solidario y redistributivo del sistema previsional» y que no busca «expulsar jueces».
El funcionario albertista señaló que “la Ley de Emergencia Social establece un sistema de reparto solidario y redistributivo, principios que no se estaban cumpliendo porque estábamos destinando una gran cantidad de recursos a pocos beneficiarios”.
Manifestó que “al analizar a los beneficiarios encontramos dos regímenes especiales que sobresalían por su nivel de prestaciones y por el déficit que le provocan al régimen general: el régimen para magistrados y funcionarios y el del servicio exterior”.
En su exposición, el ministro aseguró además que “no quisimos dejar de hacer un régimen especial para jueces y magistrados porque la Constitución establece un régimen de diferencia ya que hay ciertas desigualdades que la Constitución considera razonables en la labor independiente de los jueces, pero el tema es la cuantía de la desigualdad: ¿cuánta desigualdad es necesario para que un juez actúe en forma independiente?”
En ese sentido, Moroni concluyó que “no estamos planteando un reforma agresiva sino que el haber tenga que ver con el esfuerzo contributivo, que exista una relación entre el haber y el régimen contributivo”.

Por su parte, el titular de la Anses, Alejandro Vanoli, sostuvo que “es muy difícil justificar que por un lado se paguen jubilaciones de 800.000 pesos, cuando las jubilaciones medias están en 20.000 pesos y las mínimas en 17.000 y que aproximadamente un 40% de la gente que debería entrar en el beneficio no tiene la posibilidad de hacerlo”.
“Esto hace que en un sistema de reparto y de solidaridad se introduzca una discusión estructural de cómo asignar de una manera justa los recursos y los gastos en toda la sociedad”, acentuó.
Al cierre del plenario de comisiones los senadores del oficialismo firmaron el dictamen de mayoría, mientras que la oposición rubricó un dictamen en minoría, con pedidos de cambios en algunos artículos.
El jefe de la bancada de senadores del Frente de Todos, José Mayans, afirmó que el tema está en condiciones de ser tratado la semana que viene en el recinto.
Proyecto albertista
La propuesta del Gobierno establece una nueva fórmula para calcular el haber inicial que hoy es del 82 por ciento del último sueldo y que en el futuro se hará en base al promedio de las últimas 120 remuneraciones al valor actualizado.
El texto del proyecto también fija que podrán acceder a esta jubilación especial magistrados y fiscales, prosecretarios administrativos y jefes de despachos, y los miembros del servicio exterior.
Además, aumenta en forma gradual a 65 años la edad para acceder en el caso de los hombres al beneficio jubilatorio, pero mantiene en 60 años la opción para las mujeres.
Para acceder a este régimen de privilegio deberán haber trabajado 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio.