País (27/3/20). Para que se concrete el pago, según se aclara en el decreto, deberá ser clara la prestación efectiva de servicios.
El Gobierno nacional dispuso el pago de un bono extra de cinco mil pesos a todo el personal de la salud, que se cobrará entre los meses de abril y julio.
Mediante el decreto 315/2020 el Gobierno de Alberto Fernández decidió el pago extra para el personal de la salud, que en las próximas horas se ampliaría a otros sectores, como el de seguridad.
«Otórgase a los trabajadores y las trabajadoras profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia que presten servicios, en forma presencial y efectiva, relacionados con la salud, en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, abocados y abocadas al manejo de casos relacionados con la pandemia de coronavirus el pago de una asignación estímulo a la efectiva prestación de servicios, de carácter no remunerativo», señala el decreto.
A su vez, en la resolución se indica que «la asignación consistirá en el pago de $5 mil para las tareas prestadas en los meses de abril, mayo, junio y julio y estará a cargo del Estado nacional».
«El pago estará sujeto a la efectiva prestación de servicios. Si durante el período establecido, el trabajador o la trabajadora no hubieren cumplido con la asistencia al lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la suma a abonar se ajustará proporcionalmente a la efectiva prestación del servicio, con excepción de los casos afectados por COVID-19 conforme los protocolos vigentes, que recibirán la asignación completa», agrega.
El decreto también expresa que «los representantes legales de las instituciones de Salud Pública y Privada de todo el país, Clínicas, Sanatorios, Hospitales Públicos, Privados y Mutuales, con o sin fines de lucro, y todo otro centro asistencial de salud cualquiera sea su denominación destinado al cuidado de la salud de la población, deberán confeccionar un listado por número de CUIL, en forma de declaración jurada y bajo su responsabilidad, de los trabajadores y las trabajadoras que cumplan con las condiciones previstas en este decreto, indicando el monto en cada caso que les corresponde percibir. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) queda facultada para verificar la veracidad de las declaraciones presentadas».
En los fundamentos del decreto, el Gobierno advierte que los trabajadores y las trabajadoras de los servicios de salud fueron declarados como personal esencial por el Decreto N° 297/20 y normas complementarias; y por lo tanto no pueden acogerse a la suspensión del deber de asistencia que establecen tales normas, sin perjuicio de que sus familiares se encuentran atravesando las mismas dificultades que el resto de la población.
«Que su exposición al riesgo de contagio es mayor que el de las demás personas porque su disponibilidad y presencia en contacto directo con los afectados y las afectadas por el coronavirus Covid-19 y con material en contacto directo con ellas y ellos, o por su exposición a sectores que concentran alta carga viral, resulta esencial para alcanzar los objetivos de mitigación y los protocolos de actuación definidos por la Autoridad Sanitaria», destaca.
Ante la situación actual, la administración central sostiene que «resulta necesaria la adopción de medidas que estimulen la labor que deben desarrollar los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia que presten servicios en centros asistenciales de salud en el sector público, privado y de la seguridad social».