Ya es oficial la extensión de la cuarentena obligatoria dispuesta por el Ejecutivo nacional

País (11/4/20). Se publicó en el Boletín Oficial el DNU rubricado por el Presidente Fernández que extiende el aislamiento y regula excepciones.

El Ejecutivo Nacional publicó, en el Boletín Oficial, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 355/2020 por el cual prorroga el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto ante la pandemia de coronavirus hasta el 26 de abril con la posibilidad de establecer «excepciones» a las medidas de prevención vigentes.

En su artículo 2, el DNU dispone que el Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional” podrá, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, y a pedido de los gobernadores y jefe de gobierno porteño, disponer excepciones del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio».

El ministro coordinador tendrá la posibilidad de «exceptuar la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y servicios o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas», siempre que «medien» determinadas «circunstancias».

En ese sentido, la resolución presidencial fija que los mandatarios provinciales deberán hacer sus requerimientos «por escrito, previa intervención y asentimiento de la máxima autoridad sanitaria local, en atención a la situación epidemiológica respectiva».

Ese requerimiento, tendrá que estar acompañado de «un protocolo de funcionamiento correspondiente, dando cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad nacionales y locales».

La normativa indica además que «las autoridades de las jurisdicciones y organismos del sector público nacional en coordinación con sus pares de las jurisdicciones provinciales y municipales dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias».

Anoche, el Presidente Alberto Fernández confirmó la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 26 de abril inclusive.

«El 27 hablamos», destacó el mandatario y agradeció a los argentinos por el esfuerzo realizado al cumplir la cuarentena. Fernández les pidió a los ciudadanos que «no aflojen». «Estamos en el camino correcto», aseveró.

En este sentido, el Presidente advirtió que sino hubiéramos tomado la decisión de la cuarentena obligatoria, hoy Argentina tendría 45 mil casos de coronavirus. «La cuarentena tiene sentido», resaltó.

El mandatario consideró que con el aislamiento social, preventivo y obligatorio, Argentina logró «aplanar la curva de contagios» de coronavirus (Covid-19) y exhortó a los argentinos a continuar la cuarentena porque con ello se «seguramente lograremos que la curva de contagio sea mas lenta».

Fernández anunció que la cuarentena obligatoria se extiende hasta el 26 de abril

Decisión administrativa

Por otro lado, la Jefatura de Gabinete de Ministros emitió la decisión administrativa 490/2020, oficializada hoy con su publicación en el Boletín Oficial que amplía listado de actividades y servicios exceptuados.

Esta resolución establece la circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. Para ello, se debe contar con la documentación correspondiente.

Además, se permite las prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista.

La decisión administrativa dispone la actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos y con la aplicación de protocolos necesarios.

A su vez, permite la apertura de talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

Se añade la venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público. Se suma como actividad exceptuada la fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para los casos mencionados anteriormente.

Por otro lado, la resolución permite la venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.

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