País (17/5/20). Para desarrollar la actividad se deberá cumplir estrictamente con las indicaciones dispuestas en el protocolo para la industria aseguradora y por el Gobierno nacional.
Por medio de la publicación en el Boletín Oficial de la decisión administrativa N° 810/2020, el Jefe de Gabinete de Ministros (JGM) habilitó la reactivación de la actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.
En esta nueva etapa de la actividad, en el marco de la pandemia, se deberá cumplir con lo establecido por el “Protocolo COVID-19 para la Industria Aseguradora” desarrollado por las cámaras aseguradoras, las representaciones empresarias, las asociaciones de productores asesores de seguros y los representantes de los trabajadores.
Dicho protocolo especifica las tareas a desarrollar y las modalidades de trabajo para las compañías aseguradoras, productores asesores de seguros, brokers, preventores y verificadores de siniestros.
Adicionalmente, establece quienes quedan excluidos de realizar tareas, las modalidades de teletrabajo, las condiciones para la comunicación entre empresas y trabajadores y una serie de compromisos a asumir ante la situación actual.
De acuerdo a la decisión administrativa emitida por la JGM, las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.
Se deberán observar además las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria y realizar las modificaciones necesarias en los lugares de trabajo a fin de evitar el contagio del virus.
Conforme lo estipulado, los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de los empleados y empleadas.
La Superintendencia de Seguros de la Nación expresó su apoyo a la decisión implementada por el Gobierno nacional e incentivada por la diversidad de actores del mercado asegurador.
Al mismo tiempo, manifestó su confianza en que «la industria está capacitada para volver a la actividad cumpliendo estrictamente con las disposiciones oficiales y garantizando, ante todo, la salud y seguridad de todos los trabajadores y trabajadoras».