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Productores deben tramitar el Certificado Nacional para circular

Córdoba (28/5/20). A través de una decisión administrativa, el Gobierno nacional determinó la obligatoriedad de este documento para poder circular. La vigencia corre a partir del día 30 de mayo inclusive.

A través de la decisión administrativa 897/2020 publicada en el Boletín Oficial de la Nación, el Gobierno central determinó que a partir del día sábado 30 inclusive, será obligatoria la gestión y tenencia del Certificado Único de Circulación para los sectores que en su momento habían sido exceptuados de tramitarlo.

Entre estas actividades, se incluyen aquellas “vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria». Esto se da en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas ante la pandemia de Covid-19 que afecta a nuestro país y al mundo.

Para la gestión y descarga de dicho documento, el productor agropecuario debe ingresar al sitio https://www.argentina.gob.ar/circular, y allí completar el siguiente procedimiento:

Permiso provincial

Se recomienda a los productores agropecuarios que conserven en su poder la declaración jurada que el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia implementó y puso en funcionamiento desde el primer día del aislamiento. Este documento habilitaba para circular dentro del territorio provincial.

Por eso, la cartera productiva mantendrá la posibilidad de descarga del mismo desde el sitio web de la cartera productiva local: agricultura.cba.gov.ar. Los usuarios deben completar todos los incisos correspondientes, y el mismo contendrá como elementos de validación un código de barras y un código QR.

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