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Se aplicarán multas de 5 mil y hasta 500 mil por violar las medidas dispuestas en la nueva etapa de la cuarentena

Córdoba (1/7/20). El Ejecutivo schiarettista giró el proyecto de ley a la Unicameral para su sanción. Se prevé que la iniciativa se trate el martes próximo en un plenario de comisiones y al día siguiente sea llevado al recinto para su aprobación.

El Gobierno provincial envió hoy a la Legislatura el proyecto de ley anunciado el sábado por el gobernador Juan Schiaretti, en el marco de su mensaje por la continuidad de la cuarentena en Córdoba, aunque bajo la condición de distanciamiento obligatorio.

Es que con la incorporación de Córdoba Capital, todo el territorio provincial se encuentra a partir de este miércoles en la condición de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO).

Así lo dispuso el Gobierno nacional con la publicación del Decreto 576/2020 por el cual se actualiza el marco normativo de la salud pública ante la pandemia de Covid-19 y sobre la base de la extensión del aislamiento hasta el 17 de julio.

En este contexto, el propio mandatario adelantó el sábado que se sancionará a aquellos que no cumplan con las normas y remarcó que habrá multas para aquellos que no utilicen el barbijo, no respeten el distanciamiento social y obligatorio y excedan el límite de 10 personas en las reuniones familiares. (Ver nota: Schiaretti afirmó que se aplicarán sanciones a quienes violen la cuarentena).

La iniciativa schiarettista, que tomó estado parlamentario en la sesión de hoy, establece un régimen sancionatorio excepcional de contravención que respalda las facultades preventivas y punitivas conferidas a las
autoridades administrativas competentes
, para actuar en forma eficaz y eficiente ante la emergencia sanitaria.

El Ejecutivo argumentó que las medidas que se viene aplicando y las futuras disposiciones tienen como finalidad «evitar la propagación de enfermedades epidémicas y de esta forma proteger la salud de la población cordobesa».

Es por ello que el proyecto destaca en su artículo 1 que la totalidad de los protocolos establecidos por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE), que sean publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, revisten carácter obligatorio en todo el territorio de la provincia de Córdoba, a partir de la entrada en vigencia de esta ley que será sancionada el miércoles próximo.

“Toda persona humana o jurídica que incumpliere con las medidas, disposiciones, recomendaciones, resoluciones, protocolos o instrucciones de seguridad o sanitarias será sancionada con multa de entre 5 mil y 500 mil pesos”, se advierte en el artículo 2 del proyecto.

Los fondos recaudados por la aplicación de las multas establecidas pasarán a formar parte del Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.

En el mismo articulado se aclara que «cuando la infracción sea cometida por personas jurídicas la sanción recaerá sobre los titulares, propietarios, explotadores y/o locadores de los establecimientos».

No obstante, se indica «la multa podrá ser morigerada en la mitad de la escala sancionatoria si el infractor colabora con la investigación epidemiológica, de acuerdo a los requerimientos de la Autoridad de Aplicación», que será el Ministerio de Salud de la Provincia.

En este sentido, la futura norma fija que la cartera sanitaria afectará personal autorizado para constatar y labrar las actas de las infracciones o incumplimientos. Esto implica la intervención de las Fuerzas de Seguridad de la Provincia, sumado a que se podrá firmar convenios con municipios y comunas para la provisión de agentes de su dependencia.

Ante este régimen sancionatorio excepcional de contravención, la iniciativa dispone que las autoridades de juzgamiento de las faltas constatadas serán las que intervienen en las infracciones de tránsito provinciales, conforme a la ley 8.560.

En la elevación del proyecto, el titular del Ejecutivo cordobés fundamentó que «sin perjuicio de las sanciones penales que pudieren corresponder en el marco de lo normado por los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal, se considera oportuno establecer un sistema de multas pecuniarias ante el incumplimiento de las disposiciones y medidas de prevención sanitarias contenidas en las normas nacionales y provinciales, así como en los protocolos creados en relación a la pandemia del Covid-19″.

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