Proponen que los inquilinos de Córdoba no paguen la comisión inmobiliaria

Córdoba (26/10/20). Actualmente las inmobiliarias les cobran a los inquilinos el 5% del monto total del contrato (lo que equivale al valor aproximado de un mes de alquiler) para ingresar y también para su renovación. Una iniciativa de ley fija que sea el dueño quien afronte este costo.

Inquilinos Córdoba pidió a la Unicameral el tratamiento del proyecto de ley que modifica las leyes 9445 y 7191 que regula el corretaje inmobiliario, para que sean los propietarios, que son quienes contratan a los profesionales matriculados, quienes abonen el servicio de corretaje.

En la actualidad, «los gastos iniciales para el ingreso a un inmueble con destino habitacional, implican un valor que representa el equivalente a tres meses y medio de alquiler. Al momento de renovar el contrato los inquilinos  deben realizar las mismas erogaciones», advirtió la asociación que nuclea a los inquilinos.

La aplicación práctica de la ley de corretaje y el hecho de que quienes alquilan se encuentran en clara desventaja ante quien ofrece una vivienda en alquiler, hace que desde su dictado allá por el año 2007, sean los inquilinos quienes deban efectuar el pago de la totalidad de la comisión inmobiliaria prevista del 5%.

La iniciativa a la que hacen referencia los inquilinos fue presentada por el legislador socialista Matías Chamorro, integrante del bloque de Hacemos por Córdoba.

Con este proyecto de ley se busca que los honorarios profesionales de los intermediarios en la relación de alquiler la paguen los propietarios. Esto incluye la comisión inmobiliaria y el costo de los informes requeridos para analizar las garantías de los locatarios.

“El sector inquilino ha sido uno de los más golpeados por la situación sanitaria que vive el mundo, a los costos del pago de sus alquileres se les suma uno extra que tiene que ver con los honorarios profesionales de los corredores y que hace que cada vez que alguien alquila deba desembolsar entre gastos de intermediación, mes de depósito y otros costos, sumas que muchas veces superan el monto de tres alquileres», señaló el legislador Chamorro al argumentar sobre sobre la iniciativa que se trabajó en conjunto con Inquilinos Córdoba.

En este sentido, el integrante de la bancada oficialista afirmó que «es justo que los honorarios que deben obviamente cobrar los corredores por su trabajo los abonen quienes han solicitado sus servicios, en general los propietarios de los inmuebles. Esta iniciativa ya es una realidad y se encuentra vigente en otras Provincias como CABA y La Pampa”.

Al advertir de los gastos iniciales para el ingreso a un inmueble con destino habitacional, Inquilinos Córdoba destacó que «estas sumas a nuestro entender  generan una carga excesiva al momento de ingresar a una vivienda, constituyendo una barrera en el acceso a una vivienda digna».

Asimismo, la asociación hizo alusión a la situación económica de quienes alquilan en este contexto de pandemia. Los datos recolectados por Inquilinos Córdoba muestran el modo en que empeoró la economía de quienes alquilan con fines habitacionales así como de quienes lo hacen con fines comerciales.

Esta es una de las principales razones, aunque no la única, que impulsa a los inquilinos a impulsar la sanción de este proyecto de ley en la Unicameral cordobesa.

Claves del proyecto

En las locaciones de inmuebles con destino habitacional, queda expresamente prohibido requerir mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias por intermediación a los inquilinos.

Los informes requeridos para analizar las garantías de los locatarios, cuando sean requeridos para contrataciones de inmuebles con destino habitacional, su costo no podrá estar a cargo de los inquilinos.

Para los casos de renovación contractual de las locaciones con destino habitacional o comercial, los propietarios deberán abonar el 50% de la comisión inmobiliaria del nuevo contrato.

Las inmobiliarias deberán dar amplia y clara difusión en los avisos publicitarios vía páginas web, del nuevo régimen de comisiones y gastos.