En la «ley de vacunas» cordobesa aprobada por la Unicameral se eliminó el término «negligencia»

Córdoba. Así se buscó evitar un punto de conflicto que genere un bloqueo en las negociaciones con las distintas empresas farmacéuticas productoras de vacunas contra el coronavirus. La norma cosechó el respaldo generalizado del oficialismo y las minorías opositoras, salvo las dos bancadas de izquierda que se abstuvieron de votar y advirtieron que «la ley está hecha a la medida de los laboratorios».

El proyecto de ley que giró el Gobierno de Juan Schiaretti para que se lo autorice a comprar vacunas contra el coronavirus fue aprobado en la sesión de la tarde de este miércoles de la Unicameral con el voto de la mayoría oficialista y de las bancadas de Juntos por el Cambio, UCR, Encuentro Vecinal Córdoba y la Coalición Cívica-ARI.

En el momento de la votación, 68 de los 70 legisladores expresaron su voto afirmativo a la sanción -en general- de la ley para adquirir vacunas contra el coronavirus. No obstante, en el debate en particular, el vecinalismo rechazó los artículos 3 y 6, y la CC-ARI manifestó su negativa a la aprobación del artículo 4 (acuerdos de confidencialidad).

Por su parte, las representantes del Frente de Izquierda y el MST se abstuvieron en la votación de la ley en cuestión, no sin antes lanzar sus críticas contra la iniciativa oficialista. Sostuvieron que «es un cheque en blanco» y que «está hecha a la medida de los laboratorios».

Con el amplio respaldo que cosechó la ley, el Poder Ejecutivo quedó habilitado por la Legislatura para entablar acuerdos directos con laboratorios, con el fin de adquirir vacunas contra el Covid-19 y aumentar con celeridad la capacidad de inmunización de la provincia.

Al proyecto que llegó este miércoles al recinto se le introdujo algunas modificaciones de forma y otras referidas a la conformación de la Comisión de Seguimiento de la Adquisición de Vacunas Covid-19. Aunque el dato sobresaliente pasó por la eliminación del término «negligencia» para evitar un punto de conflicto que genere un bloqueo en las negociaciones con las distintas empresas farmacéuticas, que según la secretaria de Prevención y Promoción de la Salud, Gabriela Barbás, se encuentran «muy avanzadas».

La norma aprobada consta de ocho artículos siendo el último de forma. Al artículo 1 del proyecto original se lo dividió en dos: en el primero, se otorga la facultad al Ejecutivo y, en el segundo, se fijan las atribuciones. Justamente, en el detalle de las atribuciones se eliminó el término «negligencia», que en el plano nacional es motivo de controversia entre el gobierno central y el laboratorio Pfizer que impide avanzar con un contrato.

Fija también que el PEP podrá incluir en los acuerdos, actos y documentos, preparatorios y definitivos, a suscribirse en el marco de la ley, cláusulas de confidencialidad, condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y reclamaciones pecuniarias; la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero y demás cláusulas acordes al mercado internacional.

En el artículo 3 de la ley, se faculta al Ejecutivo a tomar crédito nacional o internacional para la adquisición de las vacunas contra el coronavirus.

A su vez, la norma exime de todo tributo a los respectivos contratos (artículo 5) que se suscriban para la compra de las vacunas, a la vez que crea una comisión de seguimiento para el control de la adquisición y la distribución.

En su artículo 6 se dispone la creación, en el seno del Poder Legislativo Provincial, de una “Comisión de Seguimiento para la adquisición, distribución y monitoreo de vacunas contra el COVID-19”, la que estará integrada por nueve miembros titulares e igual número de suplentes.