Con el reajuste de paritaria, Mercantiles alcanzarán un 42% de mejora salarial

Córdoba/País. Se acordó el pago de una suma fija no remunerativa y por única vez de 4 mil pesos para agosto, un 9 por ciento para noviembre y la revisión del convenio a principios del año próximo.

La Cámara de Comercio de Córdoba confirmó la firma del acuerdo suscripto en el día de hoy, a nivel nacional, el cual complementa el celebrado en abril pasado para la paritaria 2021 (CCT 130/75). 

Las partes pactaron una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa, y de naturaleza excepcional, de $4000, que se abonará durante la segunda quincena del mes de agosto.

Asimismo, los mercantiles lograron un incremento salarial de 9% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021.

La suma fija de agosto y el 9 por ciento que percibirán los trabajadores en noviembre próximo implicarán una mejora salarial del 42 por ciento para el período, luego de haber obtenido en abril último en cuatro tramos una recomposición del 32 por ciento.

No obstante se indicó que el aumento del 9% se abonará en forma de asignación no remunerativa. Este incremento mantendrá su carácter no remunerativo hasta enero de 2022, momento en que se incorporará a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal.

Desde la entidad cordobesa se destacó que el incremento acordado no tiene impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.

Se aclara que los incrementos del acuerdo celebrado hoy no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Lo pactado en este acuerdo complementario tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2022 y se ha mantenido el compromiso de las partes a reunirse en el mes de enero para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.  

Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, para los meses de julio a diciembre de 2021, ambos inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica, se precisó.

El acuerdo fue firmado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).

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