La administración pública nacional vuelve a la presencialidad de manera cuidada y alternada

País. Ante el avance en la campaña de vacunación, la APN prepara el regreso a las oficinas en forma alternada y con protocolos de cuidado.

La Administración Pública Nacional retomará un esquema de presencialidad cuidada y alternada debido al avance del esquema de vacunación, el cual permitió garantizar la primera dosis a toda la población. De esta manera se dispuso que los agentes públicos retornen a sus lugares de trabajo a partir del 1 de septiembre.

Durante las próximas tres semanas de agosto se avanzará en la adecuación del protocolo general a las especificidades de cada lugar de trabajo; se capacitará a los referentes de recursos humanos, medicina laboral y delegados CyMAT, se convocará a las y los agentes públicos y se implementarán las medidas de cuidado.

“Durante agosto el Ministerio de Salud completará los esquemas de vacunación y con esas condiciones de protección que nos da la vacuna y con los protocolos del acta CYMAT podemos implementar la presencialidad programada y alternada”, dijo Ana Castellani, Secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete.

Así, para poder concurrir a sus lugares de trabajo, los empleados públicos deberán presentar el certificado de vacunación que figura en Mi Argentina

Durante agosto se organizará, según los lineamientos y necesidades de cada jurisdicción, la adecuación de los protocolos y la división de los grupos en los que se compone la dotación para que todos en algún momento puedan asistir en forma presencial.

Se organizarán burbujas según cada dependencia o edificio y deberán respetarse los cuidados: ventilación, distancia, sanitización de los espacios y que no haya aglomeraciones en los lugares de uso común.

El artículo 9 del Decreto 494/2021 establece la prestación de servicios mediante la modalidad de presencialidad para las y los agentes de todas las Jurisdicciones, Organismos y Entidades de la Administración Pública Nacional contemplados en el artículo 8 de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

La o el titular de cada Jurisdicción, Organismo o Entidad determinará las adecuaciones que deberán efectuarse en las instalaciones donde se presten servicios, para dar cumplimiento al “Protocolo Covid-19” aprobado por la “Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo” (CyMAT) o al protocolo que resulte aplicable según la normativa vigente.

La Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros dictará las normas complementarias que resulten necesarias con el fin de dar cumplimiento al presente decreto. A tal fin, deberá atender a las recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud, en particular cuando se trate de las personas que no pueden ser convocadas a realizar trabajo presencial en virtud de sus condiciones de salud.

Quedarán exceptuados del trabajo presencial las personas con inmunodeficiencias (pacientes oncológicos, con HIV, transplantados/as) y embarazadas (Resolución 62/21).

, , , ,