Icono del sitio Agenda 4P

Al sostener que es «inconstitucional», la Sociedad Rural Argentina presentó un amparo contra el cobro de retenciones

País. La entidad ruralista argumentó que no existe una ley vigente que le permita al Gobierno nacional cobrar el impuesto. En este plano, la SRA remarcó que es «inconstitucional».

La Sociedad Rural Argentina (SRA) presentó este lunes una acción de amparo por la falta de sustento legal en el impuesto a las retenciones con el fin de que se declare «la inconstitucionalidad e ilegitimidad» del cobro de derechos de exportación con posterioridad al 1 de enero de este año.

La acción de amparo fue presentada ante la Justicia Federal de Córdoba de forma conjunta con la Sociedad Rural de Jesús María (Córdoba) y cuenta con el apoyo de otras entidades del campo.

“Recurrimos a un amparo después de haber exhortado al Poder Ejecutivo y al Legislativo desde el 8 de enero pasado, cuando advertimos que no hay sustento reglamentario para el cobro del impuesto», señaló el presidente de la SRA, Nicolás Pino.

En este sentido, el dirigente ruralista aseveró: «El cobro de retenciones es inconstitucional” y agregó: «Para que exista un tributo tiene que haber una ley”.

Los abogados de la entidad, que patrocinan el reclamo, expresaron que lo esencial que se plantea es que ante la finalización del plazo en el que Poder Ejecutivo podía cobrar las retenciones y ante la no sanción del presupuesto, todas las medidas de emergencia al amparo de una ley de emergencia caen.

En ese sentido, los letrados hicieron referencia a la ley de Solidaridad aprobada al inicio del mandato de Alberto Fernández que buscaba revertir la reforma fiscal del 2017, en la cual se estableció un sendero de reducción gradual de derechos de exportación.

El argumento de la dirigencia ruralista es que para poder seguir cobrando, se debería haber prorrogado la Ley de Emergencia Pública.

«El 31 de diciembre de 2021 venció el plazo fijado en la Ley de Emergencia Pública que delegaba en el Presidente de la Nación reglamentar las alícuotas del tributo. La no sanción de la Ley de Presupuesto 2022, que incluía una prórroga por 2 años de esa facultad, priva de sustento legal a los derechos de exportación exigidos con posterioridad a la fecha mencionada», sumó la SRA en un comunicado.

Salir de la versión móvil