Con miras al escenario 2023, Quinteros impulsa fecha de elección fija en mayo y poner fin a la «mayoría automática»

Ciudad de Córdoba. El opositor de extracción vecinalista argumentó que «se busca brindarle a los vecinos, y a los partidos políticos, previsibilidad sobre la fecha de las elecciones, con independencia de lo que el Gobierno provincial decida en tal sentido«.

Mediante un proyecto de ordenanza que ya ingresó al Concejo Deliberante, el edil Juan Pablo Quinteros (Encuentro Vecinal Córdoba) impulsa que haya fecha de elección fija en mayo para «dar certeza al régimen de elecciones de autoridades municipales» en la Capital cordobesa.

Con el propósito de quitarle «discrecionalidad» al jefe comunal de turno para convocar a los comicios municipales del próximo año, en el marco de las especulaciones de si se pegará o no con la elección provincial- el vecinalista planteó que se establezca una fecha fija –el tercer domingo de mayo– para renovar intendente, concejales y miembros del Tribunal de Cuentas.

De esta manera, Quinteros fundamentó que «se busca brindarle a los vecinos de la Ciudad de Córdoba, y a los partidos políticos, previsibilidad sobre la fecha de las elecciones, con independencia de lo que el gobierno provincial decida en tal sentido».

El proyecto del edil opositor propone modificar el artículo 44 del Código Electoral Municipal (ordenanza 10.073), el que quedará redactado conforme al siguiente texto: “Fecha de elecciones. Plazo. Las elecciones de Intendente, Viceintendente, Concejales y Miembros del Tribunal de Cuentas Municipal se realizarán el tercer domingo del mes de mayo del año en que deban renovarse autoridades».

A su vez, sostiene que «la convocatoria a elecciones debe realizarse con una antelación de 90 días corridos, como mínimo, de la fecha fijada en la presente ordenanza. Si el Departamento Ejecutivo Municipal no lo hace en tiempo y forma, la convocatoria debe ser realizada por el Concejo Deliberante, mediante ordenanza, por lo menos con 80 días corridos de anticipación al acto eleccionario. Ante la omisión de efectuar la convocatoria por parte de los dos Poderes, lo debe hacer la Junta Electoral Municipal en un plazo no menor de 60 días corridos de anticipación a los comicios”.

«La fecha de mayo no es antojadiza, ya que permitirá discutir los temas municipales sin injerencia de otra elección. Los vecinos se podrán enfocar, en ese proceso, en los temas específicos que hacen al quehacer diario de la ciudad sin que otras discusiones distorsionen el mensaje electoral», argumentó Quinteros.

En sus argumentos, advirtió que muchas de las principales ciudades de la Provincia, al momento de redactar sus Cartas Orgánicas, avanzaron en este sentido. Es el caso de Villa María, Río Cuarto, Carlos Paz y Marcos Juarez.

Mayoría automática

En el marco de una reforma política, el vecinalista también presentó una iniciativa con el objetivo de dejar sin efecto el sistema electoral vigente por el cual al partido ganador, de la elección municipal, se le asignan más de la mitad de las bancas de concejales, aunque no obtenga más de la mitad de los votos.

Durante años se ha denominado al actual sistema electoral dispuesto en la Constitución Provincial (artículo 183 Inciso 2) y en la Carta Orgánica Municipal (artículo 49 y 137 Inciso 3) con el nombre de “cláusula de gobernabilidad”, lo que en virtud de la realidad debió ser llamada “cláusula de mayoría automática”.

“Lo que fue considerado como razonable en el año 1987, en torno a un proceso de una democracia joven y débil, hoy resulta innecesario, anacrónico y ajeno a la voluntad soberana. Teniendo en miras que el derecho sigue a los hechos, habiendo ‘mutado’ la realidad política, social e institucional, desde el año 1987 hasta aquí, lo que pudo ser constitucional en dicha oportunidad, claramente ya no lo es«, afirmó el representante de EVC en el Concejo.

Ante esta situación, Quinteros impulsa avanzar en que el sistema de reparto de bancas se corresponda con la cantidad de votos que cada partido político obtenga en la elección (mediante el sistema D’hondt) dejando de lado la “cláusula de mayoría automática” por la cual una lista, aún ganando por 1 voto, se queda con 16 de 31 concejales de la ciudad.

«En este caso se propone la modificación del Código Electoral Municipal  y disponer lo previsto en el artículo 160 de la Carta Orgánica Municipal realizando una ‘enmienda‘ de la misma en los términos previstos en dicha norma”, especificó el edil vecinalista.

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