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El juez Villena determinó que Migraciones «actuó en el marco de sus facultades» ante el avión venezolano con iraníes

País. El juez consideró que el procedimiento llevado a cabo por el organismo al retener los pasaportes de los tripulantes del Boeing 747 de la empresa Emtrasur se fundó «en la sospecha razonable de que el argumento esgrimida al ingresar al territorio argentino podría no ser la real o verdadera».

El juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena determinó que la Dirección Nacional de Migraciones «actuó en el marco de sus facultades» en el caso del avión de carga venezolano y declaró «abstracto» el habeas corpus presentado por el abogado de la tripulación, integrada por catorce venezolanos y cinco iraníes.

Además, le ordenó a la Dirección de Migraciones que retenga por las próximas 72 horas los pasaportes de los cinco cuidadanos iraníes que viajaban en el avión retenido en Ezeiza y aceptó a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) como querellante en la causa.

Así lo consignaron a Télam fuentes judiciales, quienes detallaron que, también, el magistrado le pidió al director ejecutivo del Centro de Análisis, Comando y Control de la PSA, comisionado mayor Maximiliano Lencina, que «él y/o personal que designe a tal efecto, informe cualquier movimiento que se produzca sobre la aeronave».

Villena consideró, en la foja 19 del fallo que el procedimiento llevado a cabo por el organismo al retener los pasaportes de los tripulantes del Boeing 747 de la empresa Emtrasur de matrícula venezolana se fundó «en la sospecha razonable de que la razón esgrimida al ingresar (al territorio argentino) podría no ser la real o verdadera».

Además, el magistrado rechazó la solicitud de hábeas corpus interpuesta el último sábado por el abogado de la tripulación, Rafael Resnick Brenner, «en relación a los ciudadanos iraníes» y declaró «abstracta» la acción en cuanto a los catorce venezolanos.

La Justicia rechazó el hábeas corpus en favor de los iraníes que tripulaban el avión venezolano

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