
Córdoba. La norma promueve el respeto de los derechos de las personas gestantes y resguarda el accionar del personal de salud involucrado.
La Legislatura aprobó en la sesión de ayer la ley que regular la actuación de los profesionales y el procedimiento para la atención integral de la defunción fetal, en los establecimientos asistenciales del sistema de salud. En este sentido, se promueve los derechos de la persona gestante.
La nueva normativa entiende que la defunción fetal es la muerte del feto ocurrida con anterioridad a la expulsión completa o extracción del cuerpo de la madre, independientemente de la duración del embarazo.
La muerte está indicada por el hecho de que después de la separación, el feto no respira ni da otra señal de vida, como latidos del corazón, pulsaciones del cordón umbilical o movimientos efectivos de los músculos de contracción voluntaria.
La iniciativa fue impulsada por la vicepresidenta de la Legislatura, Nadia Fernández, junto a los legisladores José Bria, Cristian Frías, Juan Peirone, y las legisladoras Noelia Brizuela y María Eslava, ambas con mandato cumplido.
Puntualmente, esta ley garantiza a la persona gestante poder decidir sobre la disposición final del feto. Por ese motivo, el establecimiento de salud deberá conservar el cuerpo sin vida durante cuarenta días corridos desde el alta del paciente o una vez realizado el estudio anátomo patológico, en caso de solicitarlo.
Vencido dicho plazo, la institución dispondrá del feto, debiendo asegurar el tratamiento diferenciado respecto de los residuos patógenos, procederse a su incineración y disposición final en un cinerario.
A su vez, establece la entrega del certificado de defunción fetal con nombre y matrícula del médico que lo firma. El mismo contendrá entre otros datos obligatorios la edad gestacional y sexo del feto; y la causa eficiente que originó el fallecimiento. En ausencia de evidencia concluyente, se consignará la expresión “Feto Muerto in Útero” como causa de defunción.
También, a partir de la existencia de esta norma, ante la defunción fetal, la persona gestante cuenta con otros derechos, tales como: ser tratada en forma digna, respetuosa y humanizada, con particular atención a sus consideraciones personales, éticas, interculturales y de género; a rechazar que el feto sea sujeto de estudios o intervenciones con propósito de investigación, salvo expreso consentimiento manifestado por escrito; decidir si estar o no acompañada, y por quién, durante el proceso; a recibir apoyo posinternación y atención médica y psicológica a través de un equipo multidisciplinario; y solicitar la realización del estudio anátomo patológico del feto.
En el marco del debate del proyecto, la legisladora Fernández resaltó que esta iniciativa se fundamenta en el principio de humanidad y respeto por la dignidad de las personas gestantes y sus familias. En ese sentido, destacó que “más allá del dolor buscamos garantizar un marco que permita transitar este proceso con respeto, sensibilidad y apoyo profesional adecuado”.
“No sólo es una solución normativa, es un gesto de empatía y reconocimiento hacia una realidad que no podemos ignorar”, concluyó la parlamentaria oficialista.
En el recinto siguieron los pormenores del tratamiento de la iniciativa el director general de Salud Reproductiva, Niñez y Adolescencia del Ministerio de Salud provincial, Daniel Cofone; y por la Municipalidad de Córdoba la directora del Registro Civil, María Belén Blanda; y la subsecretaria de Coordinación, Carolina Martín.