La Unicameral convirtió en ley el procedimiento penal juvenil que regirá en Córdoba

Córdoba. La lupa de la nueva normativa está puesta en las reglas aplicadas a menores -no punibles- ante la existencia de delitos graves. Se incorpora la medida de «resguardo institucional».

El oficialismo y la mayoría de los bloques de la oposición (salvo la Izquierda y Creo en Córdoba) sancionaron este miércoles la ley de Procedimiento Penal Juvenil, y la reforma a la ley 9.944, de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la provincia de Córdoba.

La iniciativa original presentada por los legisladores oficialistas Miguel Siciliano, Julieta Rinaldi y Victoria Busso, recibió una serie de aportes que surgió de la consulta a fiscales y jueces del Foro Penal Juvenil, y a propuesta de bancadas de la oposición durante el tratamiento en comisión.

En el marco de una sesión caliente por el fuego cruzado, a raíz de la denuncia opositora de «censura» por la «reforma mordaza» del reglamento interno de la Cámara, el PJ logró en la continuidad de la sesión el acompañamiento de la oposición a estos proyectos impulsados por el oficialismo con aval del Ejecutivo llaryorista.

Los bloques de la Unión Cívica Radical, Frente Cívico, PRO y Construyendo Córdoba, más la mayoría de los bloques unipersonales (a excepción del FIT-Unidad y del peronismo K) prestaron su acuerdo para la sanción de la ley de Procedimiento Penal Juvenil.

En paralelo, se aprobó la iniciativa que modifica y deroga diversos artículos de la ley 9.944, de Promoción y Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en la provincia, que implica su adecuación a la nueva normativa que se aplicará a los menores que comentan delitos.

Desde el oficialismo, la legisladora Victoria Busso fundamentó la sanción de este código de procedimiento penal juvenil que busca aportar «claridad» a todo el sistema. “Se necesitaba dotar de reglas claras a los poderes Ejecutivo y Judicial, y de procedimientos eficientes vinculados al delito juvenil, a fines de continuar garantizando los derechos de niños, niñas y adolescentes”, expresó.

La lupa de este régimen penal juvenil está puesta en las reglas aplicadas a menores -no punibles- ante la existencia de delitos graves. Se incorpora la medida de «resguardo institucional».

Más allá de que el foco de la respuesta estatal apunta en la dirección de las medidas no privativas de la libertad como justicia restaurativa, atención temprana, supervisión en territorio, libertad asistida y dispositivos electrónicos, también se avanza en el abordaje de un dispositivo para menores -no punibles- de alojamiento excepcional, no coercitivo, para casos de gravedad extrema y con plazos estipulados por la nueva norma.

Dicha normativa, que fue aprobada en el plenario de este miércoles, estipula en su artículo 44 los «delitos graves» que se contemplan para estos casos y, a renglón seguido (artículo 45), establece de manera excepcional «una medida de resguardo institucional» que implique que el menor «no podrá externarse por su propia voluntad, con el propósito de preservar su integridad conforme el interés superior del niño o de terceros».

Claves de la norma

La ley de Procedimiento Penal Juvenil se aplicará a quienes, al cometer un hecho delictivo, tengan menos de 18 años de edad. Los ejes principales son: 

  • Establece reglas generales sobre este procedimiento, y diferencia el tratamiento a dar a menores punibles y no punibles.
  • Garantiza el debido proceso. Fija objetivos, plazos y proporcionalidad en las medidas aplicadas, estableciendo quién debe controlar su cumplimiento.
  • Estipula el resguardo institucional excepcional para adolescentes no punibles (medida a aplicar solo en casos estrictamente necesarios y bajo las garantías del debido proceso).
  • Implementa medidas progresivas para la reintegración social. Sistema de intervención gradual que permite evaluar la evolución del adolescente a lo largo del proceso.
  • Crea una Mesa de Seguimiento y Control de las Políticas Públicas, conformada por miembros de los distintos poderes del Estado, universidades y organizaciones de la sociedad civil. Deberá monitorear la aplicación de la ley y proponer mejoras en la implementación de las medidas socioeducativas.

Debido proceso y reintegración social

Los autores de la ley de Procedimiento Penal Juvenil indicaron que se trata de un marco normativo que “garantiza el debido proceso y prioriza la reintegración social de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal”. 

Dijeron que viene a actualizar la legislación provincial en consonancia con los estándares internacionales, y a brindar respuestas eficaces y diferenciadas a la problemática. 

Sobre la nueva ley, Siciliano destacó: “Tratamos de brindarle a la Justicia, al Poder Ejecutivo y centralmente a los jóvenes en conflicto con la ley penal y a la comunidad en su conjunto una herramienta que nos permita abordar de la mejor manera posible las situaciones que involucran a los jóvenes cuando ingresan al mundo del delito”.

Otros proyectos aprobados

Además, la Legislatura aprobó un proyecto de Siciliano para instruir a senadores e instar a diputados nacionales por Córdoba a impulsar la vigencia del Fondo Nacional de Incentivo Docente (Fonid).

También autorizó una iniciativa de la espada oficialista para instruir a senadores e instar a diputados nacionales por Córdoba a elevar los reclamos pertinentes ante el Gobierno nacional para que se abonen las sumas adeudadas a la Caja de Jubilaciones de Córdoba.

Después, la Unicameral aprobó varios proyectos compatibilizados que repudian la actitud del Presidente de la Nación, Javier Milei, y las amenazas del asesor presidencial, Santiago Caputo, al diputado nacional Facundo Manes en el Congreso de la Nación, en oportunidad del inicio del período legislativo 2025.

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