
País. La administración Milei insisten en denominar al proyecto de «modernización laboral» para amortiguar el impacto. «El mismo representa la transformación más grande de la historia argentina en materia laboral», dijo Adorni.
El Gobierno de Javier Milei giró al Congreso Nacional el proyecto de reforma laboral que modifica las principales leyes del derecho del trabajo, que el oficialismo quiere tratar en forma exprés.
El proyecto libertario contempla la caída de los convenios por ultraactividad, el cambio en vacaciones, indemnizaciones, limita las asambleas, impone severas sanciones a los gremios que tomen o bloqueen empresas, y establece un mecanismo para el pago de cuotas sindicales, que será rechazado de plano por los gremios.
Otro punto del debate serán los temas impositivos que se incluyen ya que varios legisladores, como Carolina Moisés, señalaron que no puede ser tratado por el Senado sino que debe ingresar por Diputados, con lo cual no se descarta que se elimina esa parte e ingresen esos capítulos por diputados, señalaron voceros parlamentarios a NA.
En detalle
Entre las medidas más significativas se destaca la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de cuentas individuales financiado con una contribución obligatoria del 3% de las remuneraciones que podrá utilizarse para cubrir indemnizaciones por despido.
El proyecto también deroga íntegramente varias leyes especiales, entre ellas el Estatuto del Periodista Profesional (Ley 12.908), el Estatuto del Viajante (Ley 14.546) y el Régimen de Teletrabajo (Ley 27.555), sancionado durante la pandemia.
Otro punto clave que las empresas no serán responsables de las actividades que se terciarizan como sucede en la actualidad, con lo cual solo deberán responder por los empleados que contratan en forma directa.
Sobre las indemnizaciones, se redefine el despido sin justa causa ya que se establece: un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con topes basados en el convenio aplicable, pero sin incluir otros ítem adicionales que paguen las empresas.
También se crea un régimen especial para trabajadores de plataformas tecnológicas que los define como «prestadores independientes» con libertad para aceptar o rechazar pedidos y elegir sus horarios de conexión.
El proyecto incluye además incentivos fiscales para la formalización del empleo, con alícuotas reducidas durante 48 meses para quienes incorporen trabajadores no registrados, y un régimen de regularización laboral con condonación de deudas y extinción de acciones penales.
Bloqueos y toma de establecimientos
La iniciativa libertaria busca limitar la realización de asambleas en las empresas y establecerá duras sanciones para las organizaciones sindicales que tomen o bloquean un establecimiento.
Fija que serán consideradas “infracciones muy graves provocar, y/o instar y/u organizar el bloqueo o tomar un establecimiento; impedir u obstruir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento».
También se sancionará cuando se ocasionen “daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros, se encuentren o no en el establecimiento del empleador (instalaciones, mercaderías, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o retenerlas indebidamente.”
«Verificadas dichas acciones como medidas de acción directa sindical, la entidad responsable será pasible de la aplicación de las sanciones que establezca la Reglamentación, una vez cumplimentado el procedimiento que disponga al efecto la autoridad de aplicación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales que pudieran corresponder.”
Asambleas
Sobre las asambleas se dispone que la asociación sindical deberá “contar con autorización previa del empleador para la celebración de una asamblea tanto donde se realizará el horario y el tiempo de su duración y en caso de que se realice dentro del establecimiento deberá requerir autorización respecto del lugar”
“Además se aclara que el trabajador no devengará salarios durante el tiempo de la misma o Infracciones graves”, señala el texto.
En ese sentido, el proyecto fija como prácticas desleal «intervenir o interferir intencionalmente afectando el desenvolvimiento de la actividad de la empresa mediante la convocatoria a asambleas violando los términos del artículo 20 bis de la presente ley, u otras medidas de acción directa.
La iniciativa también contempla la posibilidad de armar sindicatos por empresas y se establece un mecanismo mas ágil para la obtención de personería gremial de los sindicatos de empresa. o Límite de horas. Por otra parte, se limita a 10 horas, el crédito para el ejercicio de las funciones de los delegados del personal.






