Tras el incumplimiento de las restricciones sanitarias, el municipio revocó la habilitación del bar donde cantó Damián Córdoba

Ciudad de Córdoba. La autoridad municipal confirmó esta tarde que dio de baja de manera definitiva la habilitación del bar Visionaire Ruin, donde el sábado cantó Damián Córdoba. En las imágenes que se viralizaron a través de las redes sociales se observa el local lleno de gente y con baile del «trencito» incluido.

La Municipalidad de Córdoba, a través de la Dirección de Habilitaciones, dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización y Control, emitió esta tarde una resolución que dispone la revocación de la habilitación del establecimiento Visionaire Ruin, ubicado en Ambrosio Olmos 530.

El bar de Nueva Córdoba fue clausurado el sábado por violar las normas sanitarias tipificadas en el artículo 205 del Código Penal y en el artículo 81 Bis del Código de Convivencia.

Las imagénes que se viralizaron durante el fin de semana muestran al cuartetero Damián Córdoba cantando en el local lleno de gente y con baile del «trencito» incluido.

Las medidas sanitarias establecidas por la pandemia dan cuenta que los negocios del sector gastronómico pueden abrir sólo al aire libre, con mesas de hasta cuatro clientes, sin espectáculos en vivo y hasta las 19.

Clausura y denuncia penal contra el bar donde cantó Damián Córdoba por violar las restricciones sanitarias

El municipio capitalino indicó que esta es la tercera vez en menos de un año que se clausura Visionaire Ruin, situación que le permite dar de baja de manera definitiva la habilitación de este negocio.

La medida, de carácter inmediato, constituye la máxima sanción administrativa que prevén las normativas municipales.

En paralelo, el Tribunal Administrativo de Faltas Municipal aplicará las multas económicas que correspondan por las infracciones cometidas, se comunicó de manera oficial.

En este marco, el municipio formalizó este lunes la denuncia penal contra el propietario por la posible violación de las normas sanitarias tipificadas en el artículo 205 del Código Penal y el artículo 81 bis del Código de Convivencia y solicitó se investigue a las personas que aparecen en los videos viralizados a los fines de constatar la posible comisión de un delito o contravención a las normas sanitarias.

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