La Corte anuló el tarifazo del gas para usuarios residenciales

gas naturalPaís (18/8/16). El máximo tribunal de justicia de la Nación anuló el aumento en las tarifas de gas para usuarios residenciales y estableció que para la fijación de nuevos valores son obligatorias las audiencias públicas.

La sentencia, conocida poco después de la reunión que los miembros de la Corte mantuvieron en el Palacio de Tribunales, establece que «se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas», y subrayó que «la decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales».

Estableció además que «respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan», y aseguró que «se mantiene la tarifa social».

También destacó que «se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación», y puntualizó que «se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos».

En cuanto a la realización de la audiencia pública, subrayó que «es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas».

corte suprema con rosattiEl alto cuerpo de Justicia remarcó que «el fundamento es el artículo 42 de la Constitución que prevé la participación de los usuarios en los servicios públicos, la democracia republicana, el derecho a la información y la ley 24.076 aplicable al caso».

En ese sentido, consideró que «la información, debate y decisión fundada son partes del proceso de la decisión que se adopta en el momento», y afirmó que «por esta razón no es válido fundarse en una audiencia del año 2005 para una decisión que se adopta en el año 2016, ni una medida transitoria hasta tanto se celebre una audiencia».

Claves del fallo de la Corte:

  • Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.
  • Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas.
  • La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
  • Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.
  • Se mantiene la tarifa social.
  • Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.
  • Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.

Repercusiones

Tras conocerse el pronunciamiento de la Corte, el titular de la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina, Ricardo Espinosa, consideró que «era esperable», y exigió convocar a audiencias públicas.

«Las audiencias son procedimientos administrativos ineludibles. Tienen que ver con la transparencia de las tarifas. Esto ya se veía venir», dijo el especialista en diálogo con Télam.

«No pensábamos que iba a haber otro tipo de fallo y celebramos que sea así. Es un fallo esperable y se obliga a llamar a audiencia pública», dijo Espinosa.

«Faltaba esa formalidad. La audiencia es un procedimiento participativo de la sociedad civil donde los usuarios se pueden anotar para participar», concluyó el titular de Acuda.

En tanto, las acciones de las empresas energéticas que cotizan la Bolsa de Comercio de Buenos Aires se desplomaban 7,6 por ciento este mediodía después de que la Corte Suprema de Justicia anulara el aumento de tarifas.

La situación recortaba las ganancias que venía registrando el indicador Merval desde el indico de la rueda y lo hacía regresar a los 15.504,02 puntos, apoyado el indicador en los papeles del sector petrolero.

La eléctrica Edenor se hundía un 2,1% tras haber iniciado la rueda con un alza del 3,6%; Pampa Energía, en tanto, había comenzado la jornada con una mejora del 2,6%, pero pasó a perder un 2,9% tras el fallo.

Los papeles de la firma Metrogas se desplomaban un 7,6%; la firma Petrolera Pampa descendía un 5,1%; y la compañía Transportadora del Gas del Norte caía un 4,5%.