País (24/12/19). La cartera de Seguridad de la Nación derogó el protocolo de uso de armas de fuego, de las Taser y el control de DNI en trenes.
La ministra de Seguridad de la Nación, Sabina Frederic, derogó este martes varias resoluciones de su antecesora, Patricia Bullrich, entre ellas la «Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad«.
Fue a través de la resolución ministerial 1231/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial. Así el Gobierno albertista puso fin a la «doctrina Chocobar».
Frederic resolvió derogar la resolución del Ministerio de Seguridad Nº 2018- 956 del 27 de noviembre de 2018, por la que se aprobara el Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad.
«Este protocolo es uno de los que seguramente se derogará porque es de un abuso intolerable», había señalado hace unos días la funcionaria en una entrevista a Página/12.
Entre los argumentos, la cartera de Seguridad advierte que «excede los criterios impuestos (por la ONU) y se aleja del límite claro al uso de la fuerza letal por parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad».
Se sostiene además que «en la base conceptual de este reglamento subyace una inadmisible desconsideración del estándar de la legítima defensa, vulnerando sus exigencias y alcances al amparo de una justificación que pretende fundarse en el deber policial de hacer cumplir la ley».
«La ausencia de criterios de proporcionalidad y racionalidad en el uso de armas por parte de los funcionarios policiales, convierte en extremo cualquier enfrentamiento y estimula, por ende, el uso de armas por parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad y por parte de quienes pretendan delinquir», se indica en los fundamentos de la resolución.
También se advierte que «este aumento de la violencia genera una situación de mayor peligro para el personal policial, para quienes delincan y para terceras personas que se encuentren en las inmediaciones en las que suceda el hecho».
En esta misma resolución, la ministra Frederic derogó el «Reglamento general para el empleo de armas electrónicas no letales«, el cual incluye a las pistolas Taser.
La cartera de Seguridad consignó que «la categorización como arma electrónica ‘no letal’ podría habilitar el uso indiscriminado si el mismo no se encuentra limitado por los principios que rigen la utilización del armamento letal, esto es: proporcionalidad, excepcionalidad, progresividad y racionalidad, conforme lo establecido en la Ley Nº 24.059 (Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley”)».
El ministerio a cargo de Frederic afirmó que mediante este reglamento implementado en la gestión de Patricia Bullrich se regulaba «de manera genérica y vaga» los criterios a los que debe ajustarse el personal policial y de las fuerzas de seguridad en el empleo de armas electrónicas “no letales” que, en realidad, son «menos letales».
Es por ello que se argumentó que «la ausencia de regulación sobre cómo debe utilizarse este armamento ocasiona una situación de peligro exponencial -pudiendo transformar su uso en letal-, toda vez que no se delimita claramente la distancia a la que debe ser utilizada el arma, los lugares del cuerpo donde pueden realizarse las descargas, cuánto deben durar las mismas, si pueden reiterarse, la población sobre la cual su uso debe estar totalmente prohibido, cómo proceder ante una posible descompensación, qué controles médicos deben realizarse con posterioridad a fin de no padecer problemas en la salud, entre muchas otras circunstancias».
Por último, la resolución deroga además el pedido del DNI para escaneo y la realización de reconocimientos faciales en distintas estaciones de trenes del país para prevenir delitos, plan conocido como «Programa Ofensores en Trenes».
En sus fundamentos se deja constancia que esta medida «criminaliza a los trabajadores mediante un exceso de controles innecesarios e injustificados».
Se destaca además que «contradice los estándares de seguridad democrática y, también, los estándares internacionales de Derechos Humanos, que impiden la detención de personas cuando no haya sospechas fundadas de la comisión de un delito».
«Así, cuando no hay sospecha suficiente de que alguien cometió un delito, detener para identificar es inconstitucional, tal como lo afirmó la Corte Interamericana de Derechos Humanos», se indica en la resolución.