Córdoba. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba resolvió este viernes por mayoría declarar la nulidad del fallo dictado por el Juez Bustos Fierro que había desestimado la promoción de acción fiscal contra Euclides Bugliotti y Javier Guevara, disponiendo además apartar de la causa al mencionado juez. También se conoció que el empresario seguirá en libertad.
Con el voto de la mayoría, la Cámara confirmó la eximición de prisión de Euclides Bugliotti y Javier Guevara, con la prohibición para ambos de salir del país salvo autorización del Juez de la causa y elevó las fianzas estableciendo en $ 5 millones para Bugliotti y $ 1.500.000 para Guevara.
La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, presidida por Liliana Navarro e integrada por Eduardo Avalos y Graciela Montesi resolvió por mayoría (en disidencia, votó Navarro) declarar la nulidad del fallo dictado por el Juez Bustos Fierro -que con fecha 26 de mayo de 2015- había desestimado la promoción de acción fiscal contra Euclides Bugliotti y Javier Guevara.
En el pronunciamiento de los camaristas, se dispuso además apartar al Juez Bustos Fierro para seguir entendiendo en la causa y ordenando la remisión de los autos al Juez que sigue en turno, el que en el plazo de 48 hs. deberá decidir su avocamiento.
Ante la decisión de apartar a Bustos Fierro de la causa, Avalos y Montesi argumentaron que la resolución del juez, desestimando las imputaciones “fue prematura excediendo sus facultades en esta etapa del proceso”.
Tal decisión sumada a otras “irregularidades” destacadas por el voto de Avalos en el trámite de la causa principal caratulada “Rodrigo, Eduardo Daniel” (CBI)” fueron las que llevaron a los camaristas a disponer el apartamiento de Bustos Fierro en la causa CBI.
Al respecto, señalaron que el apartamiento de Bustos Fierro, se debió al advertir que “la imparcialidad que se exige a los magistrados frente al caso concreto se ha visto seriamente comprometida (…)”.
Asimismo, los camaristas propiciaron que el fiscal de la causa, Enrique Senestrari, “ahonde con agilidad y precisión la investigación de los hechos en la presente causa y el juez que asuma la competencia reordene el proceso”.
Pero, aclararon que el magistrado que tenga la causa debe evitar “la repetición de piezas procesales” y procurar “una adecuada y más simple lectura de la causa en general, sin aglutinar escritos que puedan hacer perder el núcleo del tema central (…)”.
Eximiciones de prisión
Quienes conformaron la mayoría (Avalos y Montesi) al resolver en este sentido, afirmaron que se tuvo en cuenta “la ausencia de riesgo procesal”, consistente en la posibilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación, por parte de los nombrados, sin perjuicio de disponer la prohibición de salir del país sin autorización del juez de la causa.
Al plantear su disidencia, Navarro sostuvo que corresponde revocar la resolución por la cual se concedió el beneficio de exención de prisión a Bugliotti y, en consecuencia “ordenar la inmediata detención” del nombrado.