País. (8/6/16). En un momento tan difícil para los trabajadores en nuestro país y el mundo, la Corte nos da el golpe de gracia y ataca gravemente el derecho a huelga», se quejó el líder de la CTA Autónoma, Pablo Micheli, luego de que ayer se conociera el fallo del Alto Cuerpo de Justicia que resolvió que sólo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y que los grupos informales de trabajadores no pueden impulsar medidas de fuerza.
Las dos CTA criticaron este martes el fallo de la Corte Suprema, al considerar que implica «un ataque al derecho a huelga de los trabajadores» y no descartaron realizar una denuncia ante la OIT (Organización Internacional del Trabajo).
«En un momento tan difícil para los trabajadores en nuestro país y el mundo, la Corte nos da el golpe de gracia y ataca gravemente el derecho a huelga», se quejó el líder de la CTA Autónoma, Pablo Micheli.
A través de Twitter, el estatal sostuvo que «con estos dictámenes sólo retrocedemos años de luchas y derechos de la clase trabajadora y se embiste directamente contra la libertad y la democracia sindical».
Y agregó: «Los trabajadores serán condicionados por los sindicatos para declarar huelga y no por las bases y por las asambleas».
Por su parte, el titular de la CTA de los Trabajadores, Hugo Yasky, consideró que ese derecho «corresponde como titulares a los trabajadores, y esa titularidad puede ser de los sindicatos, pero también de los trabajadores».
En ese sentido, cuestionó que se considere «ilegitimas» las medidas de fuerza realizadas por grupos informales de trabajadores y puso como ejemplo el caso de un grupo de empleados de una fábrica que resuelve por asamblea un paro y no cuenta con el aval del sindicato al señalar que «no se puede negar un derecho establecido en la Constitución Nacional».
«Esto puede generar que de ahí se agarren las patronales para despedir con causa a los trabajadores que convoquen a la huelga», insistió el dirigente gremial, que aclaró que la resolución de la Corte no afecta a la central sindical porque cuenta con personería.
«El caso del Correo Argentino es el típico caso en el que se está restringiendo el derecho de huelga en una situación donde el sindicato acompañó la medida primero, después llegó a un acuerdo que dejo a gente afuera, y los trabajadores no lo aceparon, hicieron una asamblea y continuaron con la huelga. Allí vino el castigo de la patronal», explicó sobre el caso que llegó a la Justicia.
Sólo los gremios
El fallo de la Corte llegó después de que el Correo Oficial Argentino despidiera a uno de sus empleados por haber participado en la convocatoria y realización de medidas de fuerza que no contaron con el aval de ninguno de los sindicatos.
El máximo órgano de justicia del país resolvió que sólo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y que los grupos informales de trabajadores no pueden impulsar medidas de fuerza.
Se trata de un fallo producto de una causa iniciada luego de que el Correo Oficial de la República Argentina despidiera a su empleado Francisco Orellano por haber participado en la convocatoria y realización de medidas de fuerza que no contaron con el aval de ninguno de los sindicatos que representaban al personal, informó el Centro de Información Judicial.
La Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, resolvió que no son «legítimas» las medidas de fuerza promovidas por grupos informales ya que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y las normas internacionales sobre derechos humanos solamente le reconocen el derecho de declarar una huelga a los sindicatos, es decir, a las organizaciones formales de trabajadores.
En la comunicación del despido la compañía aclaró que esas medidas de fuerza consistieron en la celebración, en un lapso de dos semanas, de sucesivas «reuniones en el lugar de trabajo y durante la jornada habitual» que afectaron gravemente el desarrollo normal de la labor en su centro operativo de Monte Grande, lo cual se tradujo «en demoras, retardo y retención en las imposiciones postales de todo tipo confiadas por los clientes». (Fuente NA y Télam).