
Córdoba. El TSJ dispuso hoy suspender la «Ordenanza Tanti» hasta que se resuelva la cuestión de fondo, pero se deja en claro de antemano que la norma local «colisiona» contra la Ley Orgánica Municipal.
Tras el freno a la «Ordenanza Tanti», que fue aprobada por la mayoría del Concejo Deliberante local, a instancia del intendente radical Luis Azar, su par correligionario Daniel Salibi (Mendiolaza) decidió activar una demanda ante la Justicia por la «inconstitucionalidad» de la retroactividad de la ley anti re-reelección, la 10.406.
En el marco del planteo de inconstitucionalidad de la «Ordenanza Tanti», promovido mediante una cautelar del presidente del PJ de Tanti y los ediles de Hacemos por Córdoba, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ordenó suspenderla hasta que se resuelva la cuestión de fondo, pero se deja en claro de antemano que la norma local «colisiona» contra la Ley Orgánica Municipal.
Ante la medida dispuesta por el máximo tribunal, el intendente de Mendiolaza, Daniel Salibi (UCR), quien también se encuentra alcanzado por el el cepo de la 10.406, afirmó que «la Justicia debería dictaminar con el mismo criterio la inconstitucionalidad de la actual ley provincial sancionada en el 2016» por la Unicameral.
En ese sentido, el jefe comunal boina blanca, presidente del MU.CO.RA. (espacio que nuclea a intendentes radicales) basó su reclamo en que «cualquier ley sea provincial o nacional al igual que una ordenanza municipal no puede ser retroactiva al momento de su sanción, por lo cuál la ley (en alusión a la 10.406) que habla de dos períodos deben ser 2019-2023 y 2023-2027».
Sobre estos argumentos, que son compartidos por la gran mayoría de intendentes de distintos colores políticos, Salibi confirmó en la tarde de este lunes que realizará en las próximas horas una presentación ante la Justicia «para que dictamine a que períodos corresponde la ley».
Justamente, este es el núcleo central del reclamo de los jefes comunales -peronistas, radicales y vecinalistas- ante los legisladores de todas las representaciones políticas de la Unicameral para modificar el «error» de la cuestionada norma ante su vigencia retroactiva.
La demanda no atendida de los jefes territoriales afectados apunta al rechazo de la retroactividad de la ley 10.406. En ese sentido, piden la modificación del artículo 7 de la norma para que que se tome como primer mandato el período 2019-2023, y no el 2015-2019. «No es una reelección indefinida», remarcan.
Pese a la negativa de los parlamentarios de avanzar con este cambio a la ley, el planteo sigue siendo sostenido por intendentes del departamento Río Cuarto que ya presentaron sendas notas en la Legislatura provincial.