Se puso en marcha el «dólar agro» con la publicación de los decretos del Gobierno

País. Los principales puntos de las medidas que implementó el Ejecutivo nacional para beneficiar al sector ante las consecuencias negativas que derivaron de la sequía.  

El Gobierno nacional publicó dos decretos este lunes en el Boletín Oficial para poner en vigencia al Programa de Incremento Exportador (PIE), también conocido como “dólar agro”, pero antes llamado “dólar soja” 1 y 2.

Ambos son el 193/2023 y 194/2023 y, entre las cosas que se mencionan, se encuentran las de que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar, tal como se anunció la semana pasada. 

Firmaron los dos decretos, el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y el ministro de Economía, Sergio Massa.

Por otro lado, también se menciona a fijación de los plazos de liquidación de divisas y de pago de retención y otros tributos, la adhesión al programa de manera “voluntaria” siempre y cuando se cumplan algunos requisitos. 

Dentro del decreto 194, que trata sobre el dólar soja y el dólar agro, menciona que una parte de lo que perciba el Estado por derechos de exportación servirá para financiar “programas que tengan como objeto atender a los efectos negativos de la sequía”.

También se atiende a que la Secretaría de Agricultura, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Nación, la Secretaría de Comercio Interior y la Comisión Nacional de Valores establezcan normas complementarias. 

El decreto 193 se refiere a las exenciones, suspensiones de juicio y medidas por la emergencia agropecuaria por la sequía. 

De este modo, menciona que más de 173 millones de hectáreas del campo argentino “se encuentran en condiciones de sequía”, de modo que representa un aumento en 19 millones de hectáreas en comparación a previsiones anteriores.

En el decreto se argumenta que el Noroeste Argentino (NOA) se vio afectado por la sequía en los cultivos de soja, maíz y caña de azúcar y en la ganadería, en el Noreste Argentina (NEA), en el abastecimiento de agua para bebida animal e impacto en cultivos de verano y en frutales; en el Centro, en horticultura, frutales y animales de granja; en la Patagonia, en el aumento de incendios; y en Cuyo, en la ganadería y en diques bajos y restricciones en agua.

Por lo cual, se otorga a la AFIP el poder de instrumentar un mecanismo con el fin de encuadrar a contribuyentes del sector con actividad “en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía” para que reciban los beneficios que se mencionan en el segundo artículo.

Esto implican la suspensión hasta el próximo ciclo productivo tras el período de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares. 

El PIE, anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa, el miércoles pasado y que se puso en marcha hoy con la publicación en el Boletín Oficial de los decretos correspondientes, persigue dos objetivos centrales: la acumulación de reservas en las arcas del Banco Central y la ayuda para el sector productivo afectado por la sequía.

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