
Ciudad de Córdoba (20/4/20). Este beneficio se suma a otros ya vigentes, implementados por el municipio capitalino en el marco de la pandemia de Covid-19.
La resolución emitida por la Secretaría de Economía de la Municipalidad establece la exención del pago de Comercio e Industria del mes de abril a las actividades económicas directamente afectadas por la situación de emergencia, no declaradas esenciales ni exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio”, dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.
En su artículo 1, la disposición del área de Economía del municipio determina que este beneficio rige siempre que “el importe tributario a pagar resulte igual o menor a los montos fijos mínimos establecidos para cada actividad por la ordenanza tarifaria anual vigente”.
Esta medida tributaria se suma a otras que ya están en vigencia, como al exención de la cuota 02/2020 de contribución Automotor para transporte público y escolar, la prórroga del vencimiento de los impuestos Inmobiliario y Automotor al 30 de abril y la prórroga al 30 de junio de la gratuidad del cambio de titularidad de inmuebles transferidos hasta el 31 de diciembre de 2019.
Las medidas tributarias anunciadas por el intendente Martín Llaryora se pueden gestionar a través de la web municipal cordoba.gob.ar