Nutricionistas pueden ser peritos judiciales

nutricionistaCórdoba. Tras las gestiones realizadas el año pasado, por parte del Colegio de Nutricionistas ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), se informó desde la institución colegiada que se logró la incorporación de dichos profesionales al Registro de Peritos Judiciales.

Con el acompañamiento de los asesores legales de la entidad, en el 2013, se inició el trámite para solicitar el ingreso de los nutricionistas al Registro de Peritos Judiciales, cuya respuesta desde el Poder Judicial fue positiva, dándose a conocer a través de la resolución publicada en el Boletín Oficial de la provincia, el pasado mes de febrero.

De esta manera, la Dirección del Área de Servicios Judiciales del TSJ resolvió ampliar la lista de especialidades, en la que podrán inscribirse como Peritos Judiciales los que posean el título de “licenciados en nutrición”.

Asimismo, se informó -desde el Colegio- que el plazo de inscripción para los interesados en sumarse al Registro, será hasta el miércoles 30 de abril, en la mencionada dependencia del Alto Cuerpo de Justicia (Subsuelo del Poder Judicial, Entrada por Arturo M. Bas).

Para la inscripción como perito judicial, los nutricionistas deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1) Certificado de buena conducta, expedido por la Policía de la Provincia, con un máximo de 15 días de antigüedad. 2) Fotocopia de DNI, primera y segunda hoja y cambio de domicilio si hubiere. 3) Fotocopia autenticad por la institución que emite título (universidad) o escribano público, del título profesional y del título en la especialidad si la hubiere. 4) Certificados de matrículas profesional y en la especialidad (si la tuviere) según habilitaciones, vigencias y sanciones, expedidos por el consejo o colegio profesional respectivo, actualizado a la fecha de presentación de la solicitud.

Además, las exigencias se completan con: 5) Formulario pre-impreso que deberá completar el interesado y firmado personalmente ante el Área de Servicio Judiciales al momento de su presentación. La constitución de domicilio a los efectos legales, deberá ser dentro de un radio de 50 cuadras del Palacio de Justicia I y deberán en el caso de inscribirse en sedes del interior, fijar domicilio en cada una de ellas, dentro del radio que cada delegación establezca.
6) Tasa de Justicia, abonar el valor $25 pesos para el presente año.
7) Comprobante impreso de su inscripción ante la AFIP con categorización.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *