País. La iniciativa de ley, que ya ingresó en la Cámara de Diputados del Parlamento nacional, busca regular el régimen de descanso obligatorio para los profesionales de la salud que realizan las guardias médicas en condición de empleados en relación de dependencia pública o privada. Conforme a su sanción, se establece que la autoridad de aplicación, será el Ministerio de Salud de la Nación.
Mediante este proyecto, Diego Mestre, propone que las guardias médicas a cargo de los profesionales de la salud deberán tener un límite diario de ocho horas corridas de servicio y un límite semanal de veinticuatro horas.
Asimismo, se pretende un descanso continuado de cuarenta y ocho horas entre la finalización de una guardia y el comienzo de otra para quien la brinde.
La propuesta del legislador radical sostiene además, la obligatoriedad de que el establecimiento público o privado donde se realicen guardias médicas garantice al profesional un lugar separado del área de internación o consultorio, para el alojamiento, aseo y provisión de la comida, en un lugar adecuado.
Otro de los puntos centrales del proyecto, hace referencia a que los profesionales de la salud comprendidos en la presente ley como trabajadores en relación de dependencia, queden de pleno derecho incluido en la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, debiendo contar obligatoriamente con un seguro provisto por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) a cargo del empleador.
A su vez, los empleadores, deberán brindar un seguro de Responsabilidad Civil Profesional Médica, con un asegurador a elección del profesional afectado al cumplimiento de guardias médicas.