País (1/7/20). Se precisó que se mantendrá el programa para las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras o no, y de plataformas de pago digital. A su vez, se oficializó la prórroga hasta el 30 de agosto de la vigencia de los «Precios Máximos».
El Gobierno nacional extendió hasta el 31 de diciembre la vigencia del programa Ahora 12, e incorporó a las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades no financieras.
Esta medida se plasmó en la Resolución 201/2020 de la Secretaría de Comercio Interior publicada hoy en el Boletín Oficial.
El programa mantendrá su vigencia para las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras o no, y de plataformas de pago digital.
En dicha resolución también se indica que se podrán ofrecer pagos en 3, 6, 12 y 18 cuotas, y las compras de los artículos incluidos se podrán realizar cualquier día de la semana.
El programa comprende productos de línea blanca; indumentaria; joyería y relojería; calzado y marroquinería; materiales y herramientas para la construcción; muebles; bicicletas; motos hasta un valor de $ 180.000.
Asimismo, incluye al rubro turismo dentro del territorio nacional; y a colchones; libros de impresión nacional y anteojos recetados, adquiridos en ópticas, hasta $ 10.000.
La medida alcanza también a artículos de librería; juguetes y juegos de mesa; teléfonos celulares 4G; neumáticos: kit de conversión de vehículos a gas natural comprimido (GNC); repuestos para automotores y motos: Instrumentos musicales; computadoras, notebooks y tabletas; artefactos de iluminación; televisores; perfumería y pequeños electrodomésticos.
Además, incluye servicios de preparación para el deporte y gimnasios; equipamiento médico; maquinaria y herramientas; alimentos y medicamentos.
A esta lista se agregaron ahora -bajo la modalidad de 3 y 6 cuotas- las lámparas y tubos de iluminación con tecnología LED, producidas dentro o fuera del territorio nacional, cuyo destino sea residencial, comercial o industrial, y cumplan con los requisitos exigidos a los fines de su comercialización.
Por otra parte, se mantienen los plazos de cobro y las tasas de interés para proveedores y comercios, por las operaciones con tarjetas, que rigen para todos los plásticos, sean emitidos por una entidad financiera o no.
Precios Máximos
En tanto, la prórroga hasta el 30 de agosto de la vigencia de los Precios Máximos dispuestos para 304 productos básicos, que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza, de acuerdo con sus valores al 6 de marzo último, quedó oficializada hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
Se trata de la la Resolución 200/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, que establece esta medida en el marco de las políticas del Gobierno nacional destinadas a dar respuesta a la crisis económica por la pandemia de coronavirus.
La resolución, que lleva la firma de la secretaria del área, Paula Español, extiende los alcances de la Resolución 100/2020, emitida el 19 de marzo último.
La prórroga dispuesta comprende a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas, y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.
Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.
En este caso, deben mantener los precios que estaban vigentes al 6 de marzo último para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas.
A través del sitio web www.argentina.gob.ar/preciosmaximos los consumidores y consumidoras pueden acceder al listado de valores tope ahora prorrogados.