La actualización del Código Arancelario de Abogados y Procuradores garantiza que el valor del JUS no disminuya

Córdoba (5/8/20). Su monto se había visto afectado tras las modificaciones en los sueldos de los jueces.

La Unicameral avanzó en la sesión de este miércoles en la actualización del Código que fija los honorarios profesionales de los abogados y procuradores en la provincia.

Se trata de la Ley 9459, cuyos artículos 6, 26 y 36 fueron modificados según dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos y la de Legislación General, al cabo de tres reuniones de trabajo conjunto.

El dictamen final del proyecto impulsado por los parlamentarios Alberto Ambrosio y Silvia Paleo (Juntos por el Cambio) fue el fruto de un “arduo trabajo en comisión con los legisladores de los diferentes bloques y con las sugerencias de instituciones vinculadas, como el Colegio de Abogados, la Federación de Profesionales Universitarios de Córdoba (FEPUC) y la Federación de Colegios de Abogados de la provincia (FeCACor), muchas de las cuales fueron incorporadas en el despacho”, destacó la macrista.

“Ese fue el gran logro: alcanzar los consensos a partir del trabajo, la búsqueda de soluciones y la posibilidad de sumar los esfuerzos, aún cuando tengamos miradas diferentes sobre los temas”, afirmó Paleo.

En tanto, el legislador Ambrosio consideró que “el tratamiento y aprobación de esta ley no significa que estemos priorizando un sector, sino que simplemente se trata de atender una demanda tan legítima como las demás«.

«Sabemos también que hay situaciones que requieren de atenciones urgentes, pero entendemos que ello no invalida avanzar sobre situaciones en las que sea posible hacerlo”, acentuó.

En detalle

Al carácter “alimentario” ya establecido en la ley para estos honorarios profesionales, la iniciativa aprobada le agrega en el artículo 6 el rasgo de “retribución mínima, ética, inderogable e inmodificable, la que podrá aumentarse, pero no disminuirse”.

Asimismo, fija el valor del JUS -unidad arancelaria- en 1.526,68 pesos. De igual modo, la modificación deja establecido que “el valor del JUS en ningún caso podrá disminuir en su cuantía, aun cuando por circunstancias permanentes o transitorias sus variables de cálculo puedan alterarse”.

Al respecto, el titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos, Juan Manuel Cid, explicó que esta reforma puntual tiene que ver con “cómo regular una unidad de medida, para que eso no quede librado a la libertad o el arbitrio, sino que tenga parámetros objetivos”.

Según la norma modificada, en adelante “el Tribunal Superior de Justicia deberá informar, el último día hábil de cada mes, a todos los organismos judiciales y a los colegios de abogados de cada circunscripción judicial el valor del JUS y de la unidad económica vigente para el mes siguiente”.

También se establecen escalas que permiten determinar los “honorarios del abogado por los trabajos de primera instancia en toda clase de juicios”.

Las actualizaciones del presente régimen aplican a los honorarios de abogados, procuradores y peritos judiciales, en este último caso referido a profesionales que “en la medida de su interés se encuentran facultados para tomar vista del expediente y para solicitar la restitución de los autos si fuere menester”.

«Aprobamos por mayoría el proyecto que modifica el Código Arancelario para Abogados y Procuradores de Córdoba y de este modo se garantiza que el valor del JUS no disminuya. Su monto se había visto afectado tras las modificaciones en los sueldos de los jueces», advirtió Cid.

En este sentido, el legislador oficialista recordó la situación en la que se bajó el JUS y luego el Tribunal Superior de Justicia tuvo que dictar una resolución para corregirlo. «Lo que estamos haciendo es determinar parámetros objetivos para que eso no vuelva a ocurrir porque hay una ley que lo regula«, acentuó.

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