Ya rige la Ley de Fomento a las Inversiones que otorga exenciones de hasta un 100 por ciento

San Luis. La norma reglamentada establece regímenes especiales con beneficios que pueden durar hasta 12 años.

El Gobierno puntano reglamentó y puso en vigencia la Ley de Fomento a las Inversiones, una norma que otorga exenciones para impuestos provinciales que pueden llegar hasta el 100% y que está destinada a todo el sector productivo. 

La ley establece un régimen especial para la agroindustria y los sectores logísticos, mineros, tecnológicos y sus servicios conexos. Además, pueden acogerse quienes hayan realizado inversiones a partir del 19 de marzo de 2020 (fecha de inicio de la pandemia) o presenten nuevos proyectos a futuro, para lo cual el plazo vence el 31 de diciembre de 2023.

“Es una ley de características únicas en el país, porque viene a reconocer el esfuerzo que realizó el sector productivo durante la pandemia, pero también tiene con una mirada hacia adelante porque permite presentar proyectos ya sea para nuevos emprendimientos o para expandir, reconvertir o modernizar los que están en marchas”, explicó el ministro de Producción, Marcelo Amitrano.  

Las exenciones tributarias comprenden el pago de los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario, automotores y sellos. Pueden llegar hasta el 100% con escalas decrecientes en el tiempo y que varían en su porcentaje según la ubicación geográfica de la inversión, con el objetivo de impulsar el desarrollo y empleo en zonas menos desarrolladas. 

Con ese objetivo, el decreto reglamentario dividió la provincia en tres sectores. La zona I estipula exenciones que arrancan en el 50% y comprende las inversiones realizadas en las ciudades de San Luis, Juana Koslay, Villa Mercedes y Merlo. En la zona II, los beneficios llegan al 70% y abarca las localidades de La Toma, Naschel, Tilisarao, Concarán y Villa Larca.

El resto de las ciudades y parajes de la provincia están incluidos en la zona 3 y el beneficio de exención impositiva es del 100% en los primeros siete años para luego ir decreciendo. Las exenciones pueden alcanzar una duración máxima de 12 años, contados a partir de la puesta en marcha del proyecto.

La ley contempla también un beneficio adicional del 7% para los proyectos que sean de titularidad de una o más mujeres, identidades no binarias y/o transgénero; aquellas personas jurídicas que en sus directorios estén integrados con participación equivalente o mayor al 50% de mujeres, identidades no binarias, transgénero y también para quienes acrediten personal femenino, identidades no binarias y/o transgénero que representen el 50% de su plantel.

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